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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 1999 (29/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 169304 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de enero de 1999 Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94- PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por Food for The Poor, Inc., con sede en Deer- field Beach, Estados Unidos, consistente en 545 paquetes conteniendo abrigos nuevos, con un valor C&F de US$ 45.853,50 y un peso aproximado de 1.478,0 k., a favor de Cáritas del Perú, la que será destinada a las obras sociales que realiza a través de las Cáritas Diocesanas de Aban- cay, Arequipa, Ayaviri, Camaná, Caravelí Chuquibambi- lla, Cusco, Juli, Moquegua, Puno, Sicuani, Tacna, Huari, Huaraz y Huancayo. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remi- ta a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Inter- nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolu- ción Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República dentro de los plazos estable- cidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 1297 RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 003-99/PCM Lima, 27 de enero de 1999 Visto el Expediente Nº 8353-98 presentado por la Asociación Promotora de Apostolado - APRODEA, sobre aprobación de donación; CONSIDERANDO: Que, mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado Honorario del Perú en Medellín, la Asociación Promotora de Vida Apostólica - APROVA, con sede en Medellín, Colombia, efectúa una donación de 1 vehículo a favor de la Asociación Promotora de Apostola- do - APRODEA; Que, según Conocimiento de Embarque Nº 02A004469 de fecha 29 de noviembre de 1998, extendido por la Compañía Sud Americana de Vapores S.A., se consigna que la mercadería donada ha sido embarcada en el puerto marítimo de Santos, Brasil, a bordo del vapor Clover Ace- 0004 con destino al puerto marítimo del Callao, Perú; Que la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ha comunicado mediante Oficio Nº 2129- 98-MTC/15.18 e Informe Técnico Nº 162-98-MTC/15.18.05 recibidos el 5 de enero de 1999, que el vehículo donado se encuentra apto para transitar en las rutas de la Red Vial Nacional, previa inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular; Que, la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio- nal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809, respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presi- dencia del Consejo de Ministros apruebe la donación solicitada;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94- PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación efectua- da por la Asociación Promotora de Vida Apostólica - APROVA, con sede en Medellín, Colombia, consistente en 1 vehículo marca Volkswagen, modelo 373/Gol CL 1.6, año 1998, motor UNF045327, chasis 9BWA37313XT013039, color plata, con un valor CIF de US$ 5.950,10 y un peso aproximado de 945,0 k., a favor de la Asociación Promo- tora de Apostolado - APRODEA, que será destinada al apoyo del transporte de personal que trabaja en las actividades asistenciales y pastorales que realiza a través de la Parroquia Nuestra Señora de la Reconciliación en los distritos de La Molina y Ate - Vitarte, así como al apoyo a diversos colegios de la zona. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remi- ta a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Inter- nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolu- ción Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República dentro de los plazos estable- cidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 1298 PRES Aceptan renuncia de Gerente de Pro- moción de Inversiones del CTAR San Martín RESOLUCION SUPREMA Nº 020-99-PRES Lima, 28 de enero de 1999 Visto, el Oficio Nº 526-98-CTAR-SM-PE de fecha 7 de diciembre de 1998, cursado por la Presidencia del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 057-98-PRES publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de 1998, se designó al Lic. Alonso Denis Alvarado San Martín, como Gerente de Promoción de Inversiones del Consejo Transitorio de Administración Regional de la entonces Región San Martín, hoy CTAR San Martín, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización; Que mediante carta de fecha 4 de noviembre de 1998, el funcionario mencionado en el considerando precedente ha presentado renuncia irrevocable a dicho cargo; Que, es necesario dictar el correspondiente acto admi- nistrativo, aceptando la renuncia presentada por el Lic. Alonso Denis Alvarado San Martín, con efectividad al 4 de noviembre de 1998; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley