Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 1999 (29/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de enero de 1999

Articulo 2º.- La concesion a que se refiere el articulo precedente se otorga por un plazo de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, debiendo el beneficiario cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de su actividad no afecte al medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico. b) Solicitar autorizacion previa del Ministerio de Pesqueria en la eventual ampliacion de las actividades productivas hacia otras especies. c) Presentar informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. d) No interferir con las actividades que normalmente se desarrollan en el recurso hidrico materia de la concesion. El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente articulo, seran causales de caducidad de la concesion otorgada y de las sanciones respectivas, segun corresponda. Articulo 3º.- La presente concesion esta supeditada a la obtencion de la autorizacion para la ocupacion de area lacustre expedida por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas. Articulo 4º.- El concesionario debera cumplir con lo dispuesto en la Ley General de Pesca, su reglamento y demas normas legales vigentes. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura (e) 1295

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Ratifican y designan especialistas de legalizacion de firmas correspondientes a los modulos civiles, laborales y de familia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 062-99-P-CSJL MORDAZA, 28 de enero de 1999. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 343-CME-PJ de fecha 26 de marzo de 1997, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, dispuso poner en funcionamiento a partir del 1 de MORDAZA de 1997, los Modulos Corporativos Especializados en lo Civil de esta Corte, sistema judicial que a la fecha viene dando positivos logros al servicio de los justiciables; Que, de otro lado por Resolucion Administrativa Nº 806-CME-PJ de fecha 1 de diciembre de 1998, Acta de Reunion de Gabinete de Consulta para la Gestion de la Corte Superior de fecha 14-4-98 y con el Proyecto de Modernizacion de los Juzgados Laborales de MORDAZA, se emitio la Resolucion Administrativa Nº 304-98-P-CSJL de fecha 14 de diciembre del pasado ano, disponiendose la corporativizacion de los Juzgados Laborales, los que vienen funcionando en el edificio "Javier MORDAZA Valdez"; Que, asimismo por Resolucion Administrativa Nº 82698-CME-PJ de fecha 21 de diciembre de 1998, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial faculto a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, poner en funcionamiento el Despacho Judicial Corporativo de los Juzgados de Familia, emitiendo la Resolucion Administrativa Nº 11-99-P-CSJL de fecha 12 de enero del actual, los mismos que se encuentran instalados en la sede del edificio "Javier MORDAZA MORDAZA ";

Que, por Resolucion Administrativa Nº 059-97-P-CSJL, de fecha 22 de MORDAZA de 1997, se dispuso que en el Centro de Distribucion General del edificio "Javier MORDAZA Valdez", actue un numero adecuado de auxiliares jurisdiccionales, para que en el ejercicio de sus funciones se realicen los actos de legalizacion de firma de los justiciables en aquellos casos que asi lo requieran en el instante de la MORDAZA de los respectivos escritos; Que, estando al pedido expreso del Administrador del Modulo Corporativo Laboral, en el sentido que se amplien las facultades del auxiliar jurisdiccional que actualmente viene realizando las legalizaciones de firmas en el Centro de Distribucion General en el area civil, para que tambien asuma las legalizaciones del area laboral, por lo que es pertinente para esta Presidencia, tomar las medidas del caso y ademas proyectar el correspondiente servicio para el area de los Juzgados de Familia, que acaban de ser corporativizados; Que, el Centro de Distribucion General, el organo administrativo que ha venido brindando satisfactoriamente el apoyo, a los Modulos Especializados en lo Civil, desde el area estrategica de su ubicacion al concentrar el ingreso de todos los documentos para su posterior distribucion a los Juzgados Civiles, ampliadas sus funciones en la actualidad para la recepcion y distribucion de los escritos para los Modulos Laborales y de Familia; Que ademas, estando a que en el ordenamiento procesal vigente, existen determinados casos que requieren actos de legalizacion de firma para su correspondiente tramitacion, como son las cauciones juratorias, desistimientos, allanamientos, entre otros, es necesario asignar el numero necesario de auxiliares jurisdiccionales, para que con las mismas responsabilidades y atribuciones que les compete, realicen los actos propios de legalizacion de firma en forma inmediata a la recepcion de los escritos, en el ambiente del Centro de Distribucion General del edificio "Javier MORDAZA Valdez", ampliandose las indicadas funciones de legalizacion de firmas para su correspondiente tramitacion, para los Modulos Corporativos Laborales y de Familia, respectivamente; Que, contando con la informacion estadistica correspondiente al ultimo semestre del ano 1998, las certificaciones de firmas se detallan de la siguiente manera: julio: 907; agosto: 1,019; setiembre: 1,091; octubre: 992; noviembre: 1,278 y diciembre: 1,000; por lo que resulta justificable escoger, dentro del personal que viene laborando en el CDG, a dos auxiliares jurisdiccionales para que realicen los actos propios de legalizacion de firmas, correspondientes a los Modulos Civiles, Laborales y de Familia, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes; Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR a la senorita MORDAZA NINAVET MORDAZA MORDAZA y DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir de la fecha, como ESPECIALISTAS DE LEGALIZACION DE FIRMAS, con las mismas responsabilidades y atribuciones, para los actos de legalizacion de firma de los justiciables, en aquellos casos que se requieran en el instante, para la MORDAZA de los referidos escritos, correspondientes a los Modulos Corporativos Civiles, Laborales y de Familia. Articulo Segundo.- DISPONER que los indicados Auxiliares Jurisdiccionales, realicen sus funciones propias en el Centro de Distribucion General ­ Modulo de Atencion al Publico ­ primer piso del edificio "Javier MORDAZA Valdez", quienes estaran bajo la supervision de los Jueces Coordinadores de los Modulos Corporativos Civiles y del Administrador del CDG. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y de los senores comprendidos en la presente resolucion, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 1350

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