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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (02/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 169426 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de febrero de 1999 BANCO CENTRAL DE RESERVA Indice de Reajuste Diario a que se re- fiere el Artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros CIRCULAR Nº 003-99-EF/90 Lima, 1 de febrero de 1999 El índice de reajuste diario, a que se refiere el Artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, corres- pondiente al mes de febrero es el siguiente: DIA INDICE 1 5,31009 2 5,31011 3 5,31014 4 5,31016 5 5,31019 6 5,31022 7 5,31024 8 5,31027 9 5,31029 10 5,31032 11 5,31035 12 5,31037 13 5,31040 14 5,31042 15 5,31045 16 5,31047 17 5,31050 18 5,31053 19 5,31055 20 5,31058 21 5,31060 22 5,31063 23 5,31066 24 5,31068 25 5,31071 26 5,31073 27 5,31076 28 5,31079 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (Artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 1471 CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Designan miembros de la Comisión Ambiental Región Costera Ancash RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 015-99-PCD/CONAM Lima, 28 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la Ley Nº 26410 establece que el CONAM es el organismo rector de la política nacional ambiental y tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y patrimonio natural de la Nación;Que el Artículo 41º del Decreto Supremo Nº 048-97-PCM establece que entre las funciones y atribuciones del Consejo Directivo está la de crear grupos de trabajo y programas de carácter multisectorial y territorial para facilitar la gestión am- biental; Que el Artículo 31º del Decreto de Consejo Directivo Nº 001- 97-CD/CONAM establece que el Consejo Directivo del CONAM puede crear y definir las funciones específicas de las Comisiones Ambientales Regionales como órganos de coordinación y concer- tación política ambiental a nivel regional; Que el Decreto del Consejo Directivo Nº 005-98-CD/CONAM crea la Comisión Ambiental Región Costera Ancash, CAR - RC Ancash como órgano de coordinación y concertación política ambiental a nivel regional; Que por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 060-98-CD/CO- NAM de fecha 16 de diciembre de 1998, el Consejo Directivo del CONAM nombró a su representante ante la CAR - RC Ancash; Que mediante Oficio Nº 0723-98-CTAR ANCASH/SGRP de fecha 4 de diciembre de 1998, el Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional - CTAR Ancash nombró a su representante ante la CAR - RC Ancash; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 082-98-MPS de fecha 27 de noviembre de 1998, la Municipalidad Provincial del Santa nombró a su representante ante la CAR - RC Ancash; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 007-99-MPC de fecha 20 de enero de 1999, la Municipalidad Provincial de Casma nombró a su representante ante la CAR - RC Ancash; Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 016-99-MPH/A de fecha 15 de enero de 1999, la Municipalidad Provincial de Huar- mey nombró a su representante ante la CAR - RC Ancash; Que mediante elección realizada el 1 de diciembre de 1998, según el procedimiento señalado en la Segunda Disposición Transitoria del Decreto del Consejo Directivo Nº 005-98-CD/ CONAM, las ONGs especializadas en asuntos ambientales nom- braron a su representante titular y alterno ante la CAR - RC Ancash; Que mediante Oficio Nº 123-98-UNS-R de fecha 10 de diciem- bre de 1998, la Universidad Nacional del Santa nombró al representante de las universidades locales ante la CAR - RC Ancash; Que aún está pendiente la designación del representante de la Diócesis de Chimbote ante la CAR - RC Ancash; Que mediante carta de fecha 10 de diciembre de 1998, la Corporación Pesquera de la Región Chavín propuso al represen- tante del sector privado pesquero ante la CAR - RC Ancash; Que mediante Oficio Nº 217-98 de fecha 20 de noviembre de 1998, Siderperú nombró al representante del sector privado industrial ante la CAR - RC Ancash; Que mediante carta de fecha 2 de diciembre de 1998, la Asociación de Agroexportadores de Casma nombra al represen- tante del sector privado agrícola ante la CAR - RC Ancash; Que es necesario que el CONAM apruebe la designación de los integrantes de la CAR - RC Ancash, de acuerdo a lo establecido por el inciso f) del Artículo 43º del Decreto Supremo Nº 048-97- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como integrantes de la CAR - RC Ancash a las siguientes personas: - Dr. Mariano Castro Sánchez Moreno, representante del Consejo Directivo del CONAM y presidente de la CAR - RC Ancash; - Sr. Raymundo Camones Carrillo, representante del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Casma; - Sr. Guzmán Aguirre Altamirano, representante de la Muni- cipalidad Provincial del Santa; - Sra. Nivia Flores Dulanto, representante de la Municipali- dad Provincial de Casma; - Srta. Karina Morante Sotomayor, representante de la Mu- nicipalidad Provincial de Huarmey; - Sra. María Elena Foronda, representante titular de las ONG especializadas en asuntos ambientales y al Sr. Hugo Marquesado Coronado, representante alterno; - Blgo. Rómulo Loayza Aguilar, representante de las univer- sidades locales; - Cmdte. (r) Héctor Marrache Palacios, representante titular del sector privado pesquero y al señor Daniel Bravo como repre- sentante alterno; - Ing. Werner Correa Tejeda, representante del sector priva- do industrial; - Sr. José Matheus Llantose como representante del sector privado agrícola. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y comuníquese. GONZALO GALDOS JIMENEZ Presidente del Consejo Directivo 1484