Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 1999 (02/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 2 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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Modifican articulos del Reglamento de Notas de Credito Negociables
DECRETO SUPREMO Nº 014-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el numeral 3 del Articulo 9º del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo establece que la devolucion del saldo a favor por exportacion se realizara de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Notas de Credito Negociables; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporase como ultimo parrafo del Articulo 11º del Reglamento de Notas de Credito Negociables, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-94-EF, el texto siguiente: "Si se detectase indicios de evasion tributaria por parte del solicitante, o en cualquier eslabon de la cadena de comercializacion del bien materia de exportacion, incluso en la etapa de produccion o extraccion, o si se hubiera abierto instruccion por delito tributario al solicitante o a cualquiera de las empresas que hayan intervenido en la referida cadena de comercializacion, la SUNAT podra extender en seis (6) meses el plazo para resolver las solicitudes de devolucion. De comprobarse los hechos referidos, la SUNAT denegara la devolucion solicitada, hasta por el monto cuyo abono al Fisco no MORDAZA sido debidamente acreditado." Articulo 2º.- Incorporase como ultimo parrafo del Articulo 13º del Reglamento de Notas de Credito Negociables, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-94-EF, el texto siguiente: "La SUNAT podra requerir al solicitante la extension hasta por doce (12) meses del plazo de vigencia de las garantias a que se refiere el presente articulo, siempre que se presente alguno de los supuestos previstos en el ultimo parrafo del Articulo 11º." Articulo 3º.- Incorporase el texto siguiente como MORDAZA parrafo del Articulo 15º del Reglamento de Notas de Credito Negociables, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-94-EF: "Asimismo, podra ejecutar dichas garantias cuando: - el solicitante no cumpla con extender el plazo de las mismas conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 13º; - se compruebe alguno de los hechos referidos en el ultimo parrafo del Articulo 11º." Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Lo dispuesto en el presente Decreto Supremo sera de aplicacion a todas las solicitudes de devolucion en tramite, incluso a aquellas respecto de las cuales la SUNAT practique una fiscalizacion posterior, siempre que el plazo de las garantias aun no MORDAZA vencido. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 1501

RELACIONES EXTERIORES
Reconocen pago por concepto de viaticos al Ministro de Relaciones Exteriores por su participacion en comitiva que viajo al Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-99-RE MORDAZA, 29 de enero de 1999 Habiendo sido designado el doctor MORDAZA de Trazegnies Granda, Ministro de Relaciones Exteriores, como integrante de la Comitiva Oficial que acompano al senor Presidente Constitucional de la Republica, ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, en su viaje a la MORDAZA de Brasilia, con motivo de la MORDAZA del MORDAZA periodo de mandato presidencial del doctor MORDAZA Henrique Cardoso, el dia 4 de enero de 1999; De conformidad con el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981, y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; y, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: En via de regularizacion, reconocer el pago por concepto de viaticos US$ 400.00, al doctor MORDAZA de Trazegnies Granda, Ministro de Relaciones Exteriores, por su participacion en la Comitiva Oficial que acompano al senor Presidente Constitucional de la Republica, ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, en su viaje a la MORDAZA de Brasilia, con motivo de la MORDAZA del MORDAZA periodo de mandato presidencial del doctor MORDAZA Henrique Cardoso, el dia 4 de enero de 1999; monto que sera cubierto por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 1506

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