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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 1999 (01/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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Pág. 170374 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de marzo de 1999 - Pasajes :US$ 903.57 - Viáticos :US$ 2,955.00 Artículo 3º.- La representante de PROMPEX antes mencionada, en el término de diez (10) días útiles, contados a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe para la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirá las actividades desarrolladas y los resulta- dos obtenidos en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 2799 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje de funcionario de CEN- TROMIN PERU S.A. a los EE.UU. para que participe en la Conferencia Interna- cional de Zinc 1999 RESOLUCION SUPREMA Nº 036-99-EM Lima, 26 de febrero de 1999 Visto el Oficio PDIR-021-99, de fecha 19 de febrero de 1999, del Presidente del Directorio de la empresa Mine- ra del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., solicitando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, del 27 de febrero al 4 de marzo de 1999, se realizará la Conferencia Internacional de Zinc 1999, organizada por la American Zinc Association, en la ciudad de Palm Springs, California, Estados Unidos de América; Que, CENTROMIN PERU S.A. en su sesión de Direc- torio Nº 03-99, mediante Acuerdo Nº 12-99, de fecha 11 de febrero de 1999, aprobó el viaje del Ing. Jesús Edgar Caparó Calderón, Director Comercial de la Gerencia Corporativa de Finanzas y Comercial, a la ciudad de Palm Springs, California, Estados Unidos de América, para que asista a la conferencia precitada; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aproba- da por Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. Jesús Edgar Caparó Calderón, Director Comercial de la Gerencia Corporativa de Finanzas y Comercial, de CENTROMIN PERU S.A. a la ciudad de Palm Springs, California, Estados Unidos de América, del 27 de febrero al 4 de marzo de 1999, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente resolución que ascienden a US$ 3,196.00 (Tres Mil Ciento Noventiséis y 00/100 Dólares America- nos) serán cubiertos por CENTROMIN PERU S.A. de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima-Dallas-Palm US$ 1,026.00 Springs-Dallas-Lima)Viáticos (US$ 220.00 x 6 días) US$ 1,320.00 Inscripción a la Conferencia US$ 825.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 ------------- TOTAL US$ 3,196.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 2801 Distribuyen monto recaudado por con- cepto de derecho de vigencia de nue- vos petitorios y antiguos derechos mineros a diversas municipalidades RESOLUCION DIRECTORAL Nº 056-99-EM/DGM Lima, 16 de febrero de 1999 Visto el Informe Nº 090-99-EM-DGM-DFM/DV, de la Oficina de Derecho de Vigencia de la Dirección de Fiscalización Minera; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso h) del Artículo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM, es atribución de la Dirección General de Minería administrar el Derecho de Vigencia; Que, de conformidad con el Artículo 57º del citado Texto Unico, de los ingresos que se obtengan por concep- to de Derecho de Vigencia, así como de la penalidad, se distribuirá un 40 % a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesión afectada; Que, durante el período comprendido del 1 al 31 de diciembre de 1998 se han procesado las boletas de depósito del Banco de la Nación por concepto de nuevos petitorios noviembre 1998 y antiguos derechos por la suma de S/. 7.410,40 (Siete Mil Cuatrocientos Diez y 40/ 100 Nuevos Soles) y US $ 445.883,00 (Cuatrocientos Cuarenticinco Mil Ochocientos Ochentitrés y 00/100 Dólares Norteamericanos); las mismas que se encuen- tran sustentadas con sus respectivas boletas de depósi- to del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 92º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 03- 94-EM, y el Artículo 1º del D.U. Nº 036-95; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Distribuir el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia por nuevos petitorios noviembre 1998 y antiguos derechos mineros procesa- dos del 1/12/98 al 31/12/98, a las municipalidades que se detallan en los Anexos “A” y “B” que forma parte de la presente resolución, por un total de S/. 1.482,08 (Un Mil Cuatrocientos Ochentidós y 08/100 Nuevos Soles) y US $ 88.136,60 (Ochentiocho Mil Ciento Treintiséis y 60/ 100 Dólares Norteamericanos), a nivel de Gobiernos Locales Distritales; así como S/. 1.482,08 (Un Mil Cua- trocientos Ochentidós y 08/100 Nuevos Soles) y US $ 86.300,34 (Ochentiséis Mil Trescientos y 34/100 Dóla-