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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de marzo de 1999 AÑO XVII - Nº 6839 Pág. 171125Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " PODER EJECUTIVO Autorizan crédito suplementario y transferencia de partidas a favor de la COFOPRI DECRETO DE URGENCIA Nº 015-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 098-98-EF se apro- bó la operación de Endeudamiento Externo concertado entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, por el monto ascenden- te a US$ 38'000,000.00 (Treinta y ocho millones y 00/100 dólares americanos) destinado a financiar parcialmente el Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana"; Que, mediante el Convenio de Préstamo Nº 4384-PE suscrito entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacio- nal de Reconstrucción y Fomento - BIRF se establecen los términos para la ejecución del citado proyecto; Que, de acuerdo al citado convenio, el proyecto tiene como objetivo crear un sistema de derechos de propiedad registrados, que sea sustentable y que asegure que los pobladores que ocupan terrenos urbanos informalmente puedan acceder a derechos de propiedad registrados que gocen del reconocimiento del Estado, siendo uno de los principales beneficios la seguridad legal sobre la propie- dad urbana que facilitará el mejoramiento de las condi- ciones de vida de los pobladores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del referido Decreto Supremo y por el Artículo 54º del Estatuto de la COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el organismo ejecutor será la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, a través de su Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana", mientras que el Registro Predial Urbano - RPU constitu- ye entidad coimplementadora del proyecto; Que, mediante Convenio de Traspaso de Recursos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 255-98-EF/75 de fecha 24 de noviembre de 1998, el Ministerio de Economía y Finanzas transfiere en calidad de donación a la Comi- sión de Formalización de la Propiedad Informal - COFO- PRI, los recursos provenientes del Convenio de Préstamo antes citado; Que, para el efecto el Proyecto "Derechos de Propie- dad Urbana" se ha constituido en unidad ejecutora del Pliego 211 - COFOPRI, asumiendo las facultades conferi- das por el Artículo 43º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26884; Que, a fin de cumplir con las metas establecidas para el Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana" y dar continui- dad a las acciones que viene desarrollando COFOPRI y el Registro Predial Urbano - RPU, es necesario incorporar en el Presupuesto del Pliego 211 - Comisión de Formalización de la Propiedad Informal para el Ejercicio Fiscal 1999, los recursos financieros provenientes de la operación de En- deudamiento Externo y Convenio de Préstamo menciona- dos, hasta por la suma de Treintinueve millones trescien- tos veintiocho mil novecientos treintinueve y 00/100 Nue-vos Soles (S/. 39,328,939.00) equivalente a Doce millones doscientos noventa mil doscientos noventitrés y 00/100 Dólares Americanos (US$ 12,290,293.00); Que, por otro lado, al incorporarse los recursos del Préstamo, son necesarios los recursos de contrapartida requeridos para la utilización del crédito, para lo cual deben reasignarse los recursos que fueron otorgados a COFOPRI y al Registro Predial Urbano - RPU por la Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999; Que, en tal sentido, es necesario transferir del Pliego 212 - Registro Predial Urbano - RPU, al Pliego 211 COFO- PRI - Unidad Ejecutora Nº 002: Proyecto "Derechos de Propiedad Urbana" los recursos financiados que permiti- rán cubrir parte de la contrapartida nacional requerida para el presente año, ascendente a Tres millones sesenta y dos mil trescientos cuarenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,062,345.00); Que, a fin que COFOPRI y el RPU puedan continuar con las acciones iniciadas en las ciudades involucradas en el Proyecto, evitando su paralización y el eventual retraso en las metas programadas, resulta necesario aprobar este Decreto de Urgencia que permitirá que COFOPRI y el RPU cuenten con los recursos a los que se refiere la presente disposición; En uso de las facultades conferidas en el numeral 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 1999, hasta por la suma de Treintinueve millones tres- cientos veintiocho mil novecientos treintinueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 39,328,939.00) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) Fte. de Financiamiento :12 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo 4.0.0 :Financiamiento 4.1.0 :Operaciones Oficiales de Crédito 4.1.2 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo 4.1.2.004 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo BIRF/Banco Mundial 39,328,939.00 ------------------- TOTAL 39,328,939.00 =========== EGRESOS (En Nuevos Soles) SECCION SEGUNDA :Instancias Descentralizadas PLIEGO :211 COFOPRI FUNCION :17 Vivienda y Desarrollo Urbano UNIDAD EJECUTORA :002 Proyecto Derechos de Propiedad Urbana PROGRAMA :058 Desarrollo Urbano SUBPROGRAMA :0163 Planeamiento Urbano PROYECTO :00595 Derechos de Propiedad Urbana 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 39,328,939.00 ------------------- TOTAL 39,328,939.00 ===========