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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 1999 (16/03/1999)

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TEXTO PAGINA: 5

Pág. 171129 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de marzo de 1999 Vistos el Oficio Nº 13-99-PROMUDEH/CEPAF, de fecha 2 de marzo de 1999, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 13-97-OAI-J/COOPOP "Examen Especial practicado al Proyecto PROMURCA", del Organo de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma- no, se ha determinado presunta comisión de faltas adminis- trativas disciplinarias previstas en el Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por parte de los funcionarios responsables a la fecha de los hechos en el irregular manejo de los recursos financieros del referido proyecto; Que de la investigación administrativa realizada se ha determinado que don Marco A. Choy Salazar, ex Codirec- tor Nacional del Proyecto PROMURCA, incurrió en la comisión de supuestas faltas administrativas al haber autorizado la emisión de comprobantes de pago sin contar con la correspondiente afectación presupuestal, haber cancelado los servicios de don Ernesto Pérez Luna sin contar con el correspondiente recibo por honorarios, no haber expedido la resolución aprobatoria del Fondo para Pagos en Efectivo, no haber supervisado la rendición de cuentas de anticipos otorgados a las consultorías, no haber revertido al Tesoro Público el saldo no ejecutado al 30.6.97 por un monto total de S/. 181,762.86 incumpliendo lo dispuesto por la Directiva de Tesorería para el Ejercicio Presupuestal 1997, así como no haber rendido cuenta de los anticipos otorgados al proyecto hasta por un monto total de S/. 470,400.00, falta por la que también alcanza responsabilidad a don Johny Aurelio Pacheco Medina, ex administrador del referido proyecto; Que asimismo don Jorge Abel Luy Gallardo, ex admi- nistrador de Piura y Ayacucho y los ex funcionarios mencionados habrían incurrido en la comisión de faltas administrativas al haber efectuado pagos indebidos hasta por un monto de S/. 6,401.29, haberse apropiado indebida- mente de S/. 1,766.35, no haber supervisado adecuada- mente la documentación sustentatoria por viajes realiza- dos, haber autorizado el giro de cheques a nombre de terceras personas distintas al beneficiario o proveedor, no haber implementado un control de asistencia del personal contratado a plazo fijo autorizando el pago por concepto de racionamiento, pese a no contar con dicho control, así como no haber llevado un adecuado control de los activos fijos del proyecto; Que mediante el documento de vistos la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del PROMUDEH, opina que las conductas descritas eviden- cian el incumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos a), b) y d) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Legislati- vo Nº 276, configurando presuntas faltas de carácter administrativo previstas en los incisos a), d) y f) del Artículo 28º de la norma acotada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Discipli- nario a los señores Marco A. Choy Salazar, ex Codirector Nacional; Johny Aurelio Pacheco Medina, ex Administrador Nacional y Jorge Abel Luy Gallardo, ex Administrador de Piura y Ayacucho del Proyecto PROMURCA; por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Conceder a los mencionados procesados el derecho a presentar ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del PROMUDEH, los descargos de ley y las pruebas que estimen convenien-tes para su mejor defensa, dentro del término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la referida comisión, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 3544 Dan por concluida designación de Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote RESOLUCION MINISTERIAL Nº 087-99-PROMUDEH Lima, 10 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe- rencia al referido instituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participa- ción Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo Nº 26918, establece que los Directo- res de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, continúan en sus funciones, mien- tras no sean expresamente removidos de sus cargos, resultando necesario dejar sin efecto la designación del Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote; De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Legisla- tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Minis- terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de los señores EDGAR CABALLE- RO CANO como Presidente y CARLOS ZAPATEL GOR- DILLO como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 3545 Declaran improcedente impugnación contra resolución por la cual se instauró proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios y funcionarios del IPD RESOLUCION MINISTERIAL Nº 092-99-PROMUDEH Lima, 10 de marzo de 1999