Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 1999 (04/11/1999)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 1999
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conocer y aplicar, de ser el caso, las tecnicas utilizadas en las soluciones adoptadas por estas entidades. f) Incorporar en los Equipos de Trabajo Responsables de Atender Emergencias, a los encargados del Sistema de Defensa Civil de la institucion, con el proposito de coordinar las medidas en el MORDAZA de su competencia. g) Definir los procedimientos y medios de comunicacion (Telefono, radio, etc.) que cada Unidad Operativa tendra a su disposicion para comunicarse y coordinar con el CTI. h) Elevar al funcionario del mas alto nivel de su entidad, sobre las actividades adoptadas en relacion a las acciones de Transicion en las fechas criticas. i) Informar al INEI sobre las acciones de Transicion en las fechas criticas. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Recomendar a las Entidades Supervisoras de las Empresas de Servicios Publicos Basicos, que adopten las normas para el Periodo de Transicion al Ano 2000, a que se refiere esta Directiva. A tal efecto, emitiran las normas complementarias que regulen las actividades de transicion del ano 20000 para las Entidades y Empresas del ambito de su competencia. b) Recomendar a las Empresas Privadas, la adopcion de medidas complementarias, para el Periodo de Transicion al Ano 2000. c) El INEI continuara coordinando con los organismos internacionales, sobre el desarrollo de las actividades durante el periodo de transicion, a fin de mantener debidamente informada a la comunidad internacional sobre las medidas adoptadas y los resultados de la transicion al ano 2000. 13866

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 13867

INDECOPI
Aprueban diversas normas tecnicas sobre miel
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0059-1999/INDECOPI-CRT MORDAZA, 20 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resoluciones Nºs. 03193-INDECOPI/CNM y 033-93-INDECOPI/CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion Especializado de Miel de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 30 de setiembre de 1999, el Comite Tecnico presento a la Secretaria Tecnica de la Comision los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas detallados a continuacion, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion: PNTP 209.068:1999 MIEL. Definiciones, requisitos y rotulado. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 209.068:1980 PNTP 209.171:1999 MIEL. Determinacion del contenido de humedad. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 209.171:1980 PNTP 209.172:1999 MIEL. Determinacion del contenido de azucar reductor. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 209.172:1980 PNTP 209.173:1999 MIEL. Determinacion del contenido aparente de sacarosa. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 209.173:1980 PNTP 209.174:1999 MIEL. Determinacion de la acidez. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 209.174:1980

Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis areas geograficas, correspondientes al mes de octubre de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 316-99-INEI MORDAZA, 3 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89-VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, seran a la fecha en que debe ser pagada la valorizacion, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-10-99-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de octubre de 1999, y con la aprobacion de la Comision Tecnica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de octubre de 1999, en la forma que a continuacion se detalla: INDICE CODIGO 30 34 39 OCTUBRE 1999 335,17 280,65 271,19

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