Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 11

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS EGALES Lima, lunes 15 de noviembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7084 Pág. 180259 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 27202 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE INCORPORA LOS DELIT OS CONTRA EL ORDEN MIGRA TORIO AL CÓDIGO PENAL Artículo único .- Objeto de la ley Incorpórase al Título XII del Código Penal el Capítu- lo IV, Delitos contra el Orden Migratorio, cuyo contenido es el siguiente: "CAPÍTULO IV DELITOS CONTRA EL ORDEN MIGRATORIO Tráfico Ilícito de Personas Artículo 303º-A.- El que ilícitamente y con el fin de obtener una ventaja patrimonial, para sí o para otro, ejecuta, promueve, favorece o facilita el ingreso o salida del país de terceras personas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa e inhabilitación de uno a dos años conforme al Artículo 36º, incisos 1, 2, 3 y 4. La pena será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa e inhabilitación de dos a cuatro años, conforme al Artículo 36º, incisos 1, 2, 4 y 8 cuando: 1. El agente es funcionario o servidor público encarga- do de la administración y control migratorio, de la prevención o investigación de cualquier delito, o tiene el deber de aplicar penas o de vigilar su ejecución. 2. Las condiciones en que se transporte a las perso- nas pongan en grave peligro su integridad física o psíquica." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la RepúblicaRICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia 14272 P C M Autorizan viaje de periodista de la agen- cia de noticias ANDINA a Cuba, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 599-99-PCM Lima, 12 de noviembre de 1999 Vista la Carta Nº 042-PD-EP-99 de fecha 9 de noviem- bre de 1999, de la Presidencia del Directorio de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITO- RA PERU, solicitando autorización de viaje de un perio- dista de la Agencia Peruana de Noticias ANDINA, a Cuba; y, CONSIDERANDO: Que, es necesaria la presencia de un periodista de la Agencia Peruana de Noticias ANDINA, en la ciudad de La Habana, Cuba, para llevar a cabo la cobertura infor- mativa de la IX Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno que se realizará los días 16 y 17 de noviembre de 1999; Que, el Directorio de EDITORA PERU, en la sesión de fecha 9 de noviembre de 1999, ha autorizado al señor Eduardo García Zúñiga, periodista de la Agencia Perua- na de Noticias ANDINA para cubrir la referida informa- ción; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aproba- da mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Eduardo García Zúñiga, periodista de la Agencia Peruana de