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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 11

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Pág. 180260 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de noviembre de 1999 Noticias ANDINA, a la ciudad de La Habana, Cuba, del 15 al 18 de noviembre de 1999, para los fines menciona- dos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución por concepto de viáticos US$ 800.00 estarán a cargo del Presupuesto de EDITO- RA PERU. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 14273 Autorizan viaje de miembros del INDECI a Ecuador, para efectuar visita de asistencia técnica RESOLUCION SUPREMA Nº 600-99-PCM Lima, 12 de noviembre de 1999 Visto el Oficio Nº 4125-99-INDECI/OAJ del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el incremento de la actividad del volcán Tungu- rahua en la República del Ecuador, ha puesto en alerta a la comunidad científica nacional e internacional, por las cuantiosas pérdidas que provocaría la erupción del indicado volcán; Que, el señor Presidente del Ecuador ha declarado en Estado de Alerta Naranja y disponiendo la eva- cuación preventiva de 25,000 personas, así como la oportuna adopción de medidas. El sistema de Alerta y la alta tecnología utilizada en dicho país, ha reducido significativamente las pérdidas de vidas de miles de personas; lo que demuestra una excelente conducción de las acciones adoptadas, experiencia que constituye un modelo a ser incluido en nuestros planes de respues- ta a desastres similares; Que, el Acuerdo Interinstitucional entre la Defensa Civil del Ecuador y del Perú sobre desastres, comprome- te a ambas instituciones a coordinar y ejecutar acciones de prevención, atención, estudios, rehabilitación y otros en caso de desastres que se produzcan en la zona del cordón fronterizo donde se asientan poblaciones; Que, teniendo en cuenta la importancia de la expe- riencia que se podría obtener a consecuencia de la situación de emergencia en el vecino país, resulta conve- niente efectuar una visita de asistencia técnica a la Hermana República del Ecuador a fin de observar los mecanismos de alerta temprana empleados, así como los planes de protección y otras medidas adoptadas por el Gobierno de Ecuador; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por vía terrestre en vehículo de propiedad del INDECI, al país de Ecuadordel 6 al 13 de noviembre de 1999, de los siguientes miembros del Instituto Nacional de Defensa Civil: - Señor Tte. Crl. Com. EP RAUL GUTIERREZ RO- DAS, Director Nacional de Operaciones del INDECI. - Señor LUIS VALLENAS VALLENAS, Director Ejecutivo de Movilización de la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI. - Señora ANA VICTORIA ARGUEDAS AYALA, Di- rectora de Operaciones de la Tercera Región de Defensa Civil. - Señor Tco. EP FERNANDO PEÑA MIRANDA de la Sede Central del INDECI, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por la Fuente de Financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos - Señor Tte. Crl. Com. EP Raúl Gutiérrez Rodas $ 600.00 - Señor Luis Vallenas Vallenas $ 600.00 - Señora Ana Victoria Arguedas Ayala $ 600.00 - Señor Tco. EP Fernando Peña Miranda $ 600.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Suprema, no libera ni exonera del pago de impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 14274 AGRICULTURA Aprueban transferencia de maquina- ria efectuada por el Ministerio a favor de institución religiosa RESOLUCION SUPREMA Nº 135-99-AG Lima, 12 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, en el marco legal del Decreto Ley Nº 25711, del Decreto Supremo Nº 67-94-EF y de la Resolución Minis- terial Nº 141-94-EF/75, el Ministerio de Agricultura y la Empresa China National Constructional & Agricultu- ral Machinery Import & Export Corporation de la Repú- blica Popular China celebraron el contrato de Compra- venta Nº 94-AMPE 201/001 para la adquisición de trac- tores, maquinaria, implementos de uso agrícola y equi- pos por un monto de US$ 34'767,313.00 (Treinticuatro Millones Setecientos Sesentisiete Mil Trescientos Trece y 00/100 Dólares Americanos); Que, dicho contrato de Compraventa ha sido aproba- do por Resolución Ministerial Nº 0505-94-AG; Que, los bienes indicados en el primer considerando fueron destinados al equipamiento y mecanización del sector agrícola en las zonas más deprimidas del Perú, tal como lo dispone la acotada Resolución Ministerial Nº 141-94-EF/75, a través de transferencias y donaciones a favor de entidades públicas y privadas, acción que es necesario regularizar;