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Pág. 180262 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de noviembre de 1999 cio Público de Electricidad del SUR MEDIO S.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A. , solicitando la imposi- ción de las servidumbres de electroducto y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de distribución del Pequeño Sistema Eléctrico de Castrovirreyna - I Etapa Huaytará y Derivaciones , ubicada en las provincias de Castrovirreyna y Huaytará, departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Público de Electri- cidad del SUR MEDIO S.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica, en mérito a la Resolución Suprema Nº 091-96-EM de fecha 26 de noviembre de 1996, solicita la imposición de servidumbres de electroducto y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e insta- laciones del Pequeño Sistema Eléctrico de Castrovi- rreyna - I Etapa Huaytará y Derivaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por los incisos b) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, las indemnizaciones correspondientes por el establecimiento de la presente servidumbre han sido fijadas mediante acuerdos libres y directos entre los afectados y la concesionaria, lo que consta en los docu- mentos que obran en el expediente; habiendo quedado expresas las autorizaciones otorgadas para las requeri- das servidumbres; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 265-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de electroducto y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de distribución del Pequeño Sistema Eléctrico de Castrovi- rreyna - I Etapa Huaytará y Derivaciones, ubicada en las provincias de Castrovirreyna y Huaytará, departa- mento de Huancavelica; a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del SUR MEDIO S.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A.; de acuerdo a la documen- tación técnica y los planos proporcionados por la empre- sa, conforme al siguiente cuadro: Exp./ Denominación de la Tensión Nº de Longitud Ancho de Código Servidumbre eléctrica (kV.) Ternas (m.) la faja (m.) 21066298 Pequeño Sistema Eléctrico 22 01 147 896,48 11 de Castrovirreyna - I Etapa Huaytará y Derivaciones Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza, ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTRO SUR MEDIO S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad ci- vil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTRO SUR MEDIO S.A., deberá velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 13579RESOLUCION MINISTERIAL Nº 604-99-EM/VME Lima, 15 de octubre de 1999 Visto, el Expediente Nº 21066398, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1177673, 1178981, 1182248, 1233584 y 1237984, presentado por Em- presa Regional de Servicio Público de Electri- cidad del SUR MEDIO S.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A. , solicitando la imposición de las servi- dumbres de electroducto y de tránsito para la custo- dia, conservación y reparación de las obras e instala- ciones de la línea de distribución del Pequeño Siste- ma Eléctrico de Ingenio - Changuillo , ubicada en los distritos de Llipata, San Javier, Changuillo, Ca- bildo y El Ingenio; provincia de Palpa, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Público de Electri- cidad del SUR MEDIO S.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica, en mérito a la Resolución Suprema Nº 091-96-EM de fecha 26 de noviembre de 1996, solicita la imposición de servidumbres de electroducto y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e insta- laciones del Pequeño Sistema Eléctrico de Ingenio - Changuillo; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por los incisos b) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, las indemnizaciones correspondientes por el establecimiento de la presente servidumbre han sido fijadas mediante acuerdos libres y directos entre los afectados y la concesionaria, lo que consta en los docu- mentos que obran en el expediente; habiendo quedado expresas las autorizaciones otorgadas para las requeri- das servidumbres; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspon- dientes, ha emitido el Informe favorable Nº 263-99- EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de electroducto y de tránsito para la custodia, conserva- ción y reparación de las obras e instalaciones de la línea de distribución del Pequeño Sistema Eléctrico de Ingenio - Changuillo, ubicada en los distritos de Llipata, San Javier, Changuillo, Cabildo y El Ingenio; provincia de Palpa, departamento de Ica, a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electrici- dad del SUR MEDIO S.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A.; de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Exp./ Denominación de la Tensión Nº de Longitud Ancho de Código Servidumbre eléctrica (kV.) Ternas (m.) la faja (m.) 21066398 Pequeño Sistema Eléctrico 22,9 01 41 933,40 11 de Ingenio - Changuillo Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza, ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTRO SUR MEDIO S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad ci- vil pertinente en caso de incumplimiento.