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Pág. 179077 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de octubre de 1999 secuentemente los Contadores Públicos en ejercicio de sus funciones, deben preparar los estados financieros aplicando estándares internacionales que permitan su lectura, interpretación y aplicación en los diversos países, a fin de satisfacer las necesidades de información que demandan sus usuarios; Que, el Comité de Normas Internacionales de Conta- bilidad (IASC) respondiendo a tales exigencias, ha prepa- rado y aprobado desde 1973, Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's) que son de aceptación general en los países; Que, en nuestro país se está aplicando las indicadas Normas, debatidas en sendos Congresos Nacionales de Contabilidad y aprobada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, las mismas que han sido oficializadas por el Consejo Norma- tivo de Contabilidad; Que, el Comité de Normas Internacionales de Conta- bilidad (IASC) ha aprobado la NIC 12 (Modificada) - Impuesto a la Renta, con el propósito de reemplazar la NIC 12 (Original) - Tratamiento Contable del Impuesto a la Renta y modificar la NIC 22 - Fusión de Negocios en los párrafos 39 (i) y 69; Que, la Comisión Técnica Permanente de la Federa- ción de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, el Comité de Asesoramiento del Consejo Normativo de Contabilidad y el Comité Técni- co de la Contaduría Pública de la Nación han revisado el contenido de la NIC 12 (Modificada) - Impuesto a la Renta, y han propuesto su aprobación y aplicación en el país; y, En uso de las atribuciones que le confieren los Artícu- los 2º y 13º de la Ley N1 24680 - del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OFICIALIZAR, la Norma Interna- cional de Contabilidad 12 (Modificada) - Impuesto a la Renta; que forma parte integrante de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- La presente Resolución rige a partir del 1 de enero del año 2000; sin perjuicio de que optativa- mente pueda ser aplicada a partir de su publicación oficial. Artículo 3º.- RECOMENDAR, que la Contaduría Pública de la Nación, la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, los Colegios Departamentales y las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universida- des del país, y otras instituciones competentes, efec- túen la difusión correspondiente de la norma que se oficializa. Artículo 4º.- DEROGASE, la Norma Internacional de Contabilidad: NIC 12 (Original) - Tratamiento Contable del Impuesto a la Renta y MODIFICASE la NIC 22 - Fusión de Negocios en los párrafos 39 (i) y 69. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ARTURO PAJUELO RAMIREZ Presidente Consejo Normativo de Contabilidad LYDIA VILLACORTA DE CELIZ Subcontadora General de la Nación GREGORIO LEONG CHAVEZ Representante de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores SILVIA C. WUAN ALMANDOS Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros FRANCISCO BUSTINZA LIÑAN Representante de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de DecanosPEDRO R. CENTENO VASQUEZ Representante del Colegio de Contadores Públicos de Lima WALTER NOLES MONTEBLANCO Representante de las Facultades de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades del País GLUDIS ALVARADO VELA Representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria CECILIA LUNG ROJAS Representante del Banco Central de Reserva del Perú MARIA ESTHER CUTIMBO GIL Representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI VICTOR VARGAS CALDERON Representante de la Confederación de la Cámara de Comercio y Producción del Perú DAVID ABEL NIETO MODESTO Representante de la Actividad Administrativa del Estado YORLLELINA MARQUEZ FARFAN Directora General de Contabilidad del Sector Público PEDRO CANCINO CHAVARRI Director General de Contabilidad del Sector Privado LEONIDAS SANCHEZ LLAMOZAS Director General de Contabilidad Analítica de Explotación JOSE MANUEL OSORIO CALDERON Director General de Investigación de la Contabilidad 12586 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013 Por Oficio Nº 400-SG-99 la Municipalidad de San Juan de Miraflores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal Nº 013, publicada en nuestra edi- ción del día 2 de octubre de 1999, en la página 178985. DICE: El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Extraordinaria de la fecha, Visto el Proyecto de Ordenanza presentado y luego de las deliberaciones sobre la materia: DEBE DECIR: El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha, Visto el Proyecto de Orde- nanza presentado y luego de las deliberaciones sobre la materia: 12701