Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 1999 (05/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 5 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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permanezcan en su territorio, deberan observar los reglamentos que esten vigentes en el territorio del Estado en cuestion, y los reglamentos vigentes que regulan el regimen de entrada, permanencia y salida de los ciudadanos extranjeros, del Estado receptor. Articulo 6 Los Postulados del presente Acuerdo no limitaran el derecho de cada uno de los Estados para negar la entrada a su territorio de personas indeseables, asi como MORDAZA la permanencia en sus respectivos territorios de aquellos ciudadanos del otro Estado, cuya presencia sea no grata. Los Postulados del presente Acuerdo no afectaran las normas de los respectivos reglamentos nacionales que regulan el regimen de entrada y salida de los ciudadanos extranjeros tanto en la Republica del Peru como de la Federacion de Rusia. Articulo 7 Cada una de las Partes Contratantes tiene derecho a suspender total o parcialmente la vigencia del presente Acuerdo, si estas medidas son necesarias para garantizar el orden social, la seguridad o para proteger la salud de la poblacion. Sobre dichas medidas o su suspension debera ser informada inmediatamente la otra Parte Contratante por los MORDAZA diplomaticos. Articulo 8 Los organos competentes de ambos Estados intercambiaran, por los MORDAZA diplomaticos, muestras de los documentos de viaje mencionados en los Articulos 1º y 2º del presente Acuerdo, asi como la informacion sobre el reglamento de su empleo, en un plazo de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha de entrada en MORDAZA del presente Acuerdo. Los organos competentes de ambos Estados informaran unos a otros sobre todas las modificaciones en relacion a los documentos de viaje mencionados y su reglamento de empleo, a mas tardar, con treinta (30) dias de antelacion a la adopcion de las modificaciones mencionadas, y a la vez haran llegar muestras de los nuevos documentos de viaje. Articulo 9 Los organos competentes de ambos Estados informaran unos a otros, por los MORDAZA diplomaticos, en los plazos mas breves posibles, sobre los cambios del regimen de entrada y estancia en los territorios de sus Estados y salida de los territorios de sus Estados, de los ciudadanos extranjeros. Articulo 10 El acuerdo presente entrara en MORDAZA cuarenta y cinco (45) dias despues de la fecha de la MORDAZA notificacion por escrito que confirme el cumplimiento por las Partes Contratantes de los procedimientos internos necesarios para su entrada en vigor. El acuerdo presente se concluye por tiempo indefinido y podra ser denunciado por cada una de las Partes Contratantes noventa (90) dias despues de notificar por escrito por los MORDAZA diplomaticos de la otra Parte Contratante, sobre su intencion de MORDAZA su vigencia. Hecho en Moscu, a los 14 dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve en dos ejemplares cada uno en espanol y en ruso, siendo ambos igualmente validos. (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA FEDERACION DE RUSIA 12709

Nombran Presidente de la Seccion Nacional Peruana de la Comision Permanente del MORDAZA Sur
RESOLUCION SUPREMA Nº 452-99-RE MORDAZA, 4 de octubre de 1999 Vista la Resolucion Suprema Nº 0052-RE, de 9 de febrero de 1998, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Roncagliolo Higueras, Director de Soberania y Asuntos Antarticos de la Direccion General de Politica Bilateral, Presidente de la Seccion Nacional Peruana de la Comision Permanente del MORDAZA Sur (CPPS); Considerando que dicho funcionario ha sido nombrado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Estado de MORDAZA, por lo que es necesario nombrar al MORDAZA Presidente de la Seccion Nacional Peruana de la Comision Permanente del MORDAZA Sur (CPPS); Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2383, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 21 de setiembre de 1999; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y, el inciso a) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 4-71-RE, de 26 de marzo de 1971; SE RESUELVE: Nombrar Presidente de la Seccion Nacional Peruana de la Comision Permanente del MORDAZA Sur (CPPS), al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA Cortavarria, Director de Asuntos Maritimos y Antarticos de la Direccion Nacional de Desarrollo Fronterizo y Limites. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 12713

Oficializan la II Convencion de Colegios de Abogados de MORDAZA Latina y el Caribe, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 453-99-RE MORDAZA, 4 de octubre de 1999 Teniendo en cuenta el Oficio Nº 1068-99-JUS/SG, de la Secretaria General del Ministerio de Justicia, de 6 de setiembre de 1999, mediante el cual, el Decano del Colegio de Abogados de MORDAZA solicita la oficializacion de la II Convencion de Colegios de Abogados de MORDAZA Latina y el Caribe, sobre "Globalizacion, Democracia y Derechos Humanos en MORDAZA Latina y el Caribe", a desarrollarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 11 al 12 de noviembre de 1999; De conformidad con el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992;

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