Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 1999 (05/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 5 de octubre de 1999

EDUCACION

PESQUERIA

Designan Secretario General y Aseso- Amplian plazo para que titulares de ra Legal de la Asamblea Nacional de establecimientos pesqueros, que tenRectores gan instalados equipos electronicos gravimetricos de precision, entreguen RESOLUCION SUPREMA Nº 137-99-ED certificado de calibracion
MORDAZA, 4 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: MORDAZA, 4 de octubre de 1999 Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores, Nivel F-4, cargo considerado de confianza; Que, es necesario designar al funcionario que desempene el referido cargo, a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicho organismo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Secretario General Nivel F-4, de la Asamblea Nacional de Rectores, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 12711 RESOLUCION SUPREMA Nº 138-99-ED MORDAZA, 4 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor Legal de la Asamblea Nacional de Rectores, Nivel F-4, cargo considerado de confianza; Que, es necesario designar al funcionario que desempene el referido cargo, a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicho organismo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, a la doctora MORDAZA MORDAZA LEMA, como Asesora Legal Nivel F-4, de la Asamblea Nacional de Rectores, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 12712 CONSIDERANDO: Que el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 58598-PE, de fecha 11 de diciembre de 1998, establece que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia de operacion para el procesamiento de productos destinados al consumo humano directo o indirecto y utilicen tolvas para el pesaje en la recepcion de materia prima, asi como las empresas que prestan servicios de pesaje de recursos hidrobiologicos, deberan cumplir con la instalacion de equipos e instrumentos electronicos gravimetricos MORDAZA del 1 de marzo de 1999, debiendo acreditar ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, el cumplimiento de los requisitos tecnicos y metrologicos de tales equipos e instrumentos, mediante la MORDAZA certificado emitido conforme a las normas metrologicas vigentes; Que el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 06399-PE, de fecha 26 de febrero de 1999 amplio hasta el 30 de MORDAZA de 1999, el plazo establecido por la Resolucion Ministerial que antecede, para que los citados titulares instalen los equipos e instrumentos gravimetricos de pesaje y acrediten ante la Direccion Nacional de Procesamiento el cumplimiento de las normas metrologicas vigentes de sus equipos e instrumentos mediante la MORDAZA del citado certificado; Que por Resolucion Directoral Nº 014-99-PE/DNPP, de fecha 25 de febrero de 1999, se aprobaron los requisitos tecnicos y metrologicos generales para los instrumentos de pesaje discontinuo automatico (tolvas de pesaje a granel) de los recursos hidrobiologicos, instalados en los establecimientos industriales pesqueros, senalando en su Articulo 2º que los titulares de licencias de operacion de plantas de procesamiento y de los que presten servicios de pesaje de recursos hidrobiologicos, quedan obligados ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a entregar conforme se establezca, el certificado otorgado por el INDECOPI o empresas acreditadas por dicho instituto sobre afericion y calibracion de los instrumentos de pesaje los cuales tendran una validez de hasta 6 meses; Que el Decreto Supremo Nº 024-93-ITINCI, establece que el Servicio Nacional de Metrologia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, tiene entre sus funciones el realizar afericiones y calibraciones de los instrumentos de medida, asi como el extender los respectivos certificados a peticion de los interesados, para lo cual debe observar las normas sobre esa materia dictadas por la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI; al respecto debe senalarse que la citada Comision viene evaluando como organismo de normalizacion, la adopcion como MORDAZA Metrologica Peruana, la Recomendacion Internacional de la Organizacion Internacional de Metrologia Legal R 107-1 "INSTRUMENTOS DE PESAJE TOTALIZADORES DISCONTINUOS AUTOMATICOS" (pesadoras totalizadoras de tolvas) - Edicion 1997, y en tanto esta en evaluacion dicha recomendacion, el Servicio Nacional de Metrologia viene realizando las afericiones y calibraciones, asi como otorgando los respectivos certificados; Que teniendo en consideracion que un significativo numero de titulares de los establecimientos industriales pesqueros aun no han cumplido con presentar ante la RESOLUCION MINISTERIAL Nº 287-99-PE

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