TEXTO PAGINA: 6
Pág. 179684 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de octubre de 1999 doble cobro de haberes efectuado por el señor Percy COPAJA RONDON, en su condición de Subprefecto de la provincia de Tarata del departamento de Tacna y pensio- nista del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, don Percy COPAJA RONDON, ha efectuado cobro indebido de haberes desde el mes de abril de 1997 al mes de junio de 1998, conforme consta en la información proporcio- nada por la Oficina General de Administración del sector Interior y del Ministerio de Agricultura; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para que inicie las acciones legales pertinentes, contra don Percy COPAJA RONDON, por el cobro indebido de haberes en agravio del Estado; De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, y lo dispuesto por el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo recomendado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra don Percy COPAJA RONDON, por cobro indebido de habe- res, de acuerdo a las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir todo lo actuado al Despacho del señor Procurador Público mencionado, para el cumpli- miento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 13509 PESQUERIA Autorizan viaje de asesor del IMARPE para participar en evento del APEC que se realiza en China RESOLUCION SUPREMA Nº 164-99-PE Lima, 23 de octubre de 1999 Visto el Oficio Nº DE-100-221-99-IMP/PE, del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, de fecha 12 de octubre de 1999; CONSIDERANDO: Que mediante Facsimile Transmission, de fecha 20 de agosto de 1999, el Director del Programa de Asia - Pacific Economic Cooperation Secretariat - APEC, invita a todos los puntos de contacto del Grupo de Trabajo APEC - Marine Resource Conservation - MRC, a participar en el Second APEC OMISAR Workshop on Ocean Models, a realizarse en Beijing, China, del 25 al 29 de octubre de 1999; Que entre los objetivos del mencionado evento está la de compartir experiencias en el diseño de modelos de desarro- llo oceánicos, formular un marco para comparar las venta- jas y desventajas, así como la implementación de los mode- los disponibles y, que el producto final debe ser una meto- dología para la aplicación de los modelos comunales para la región APEC; Que por consiguiente resulta necesaria la participación del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, en el citado evento, toda vez que el Instituto organizará el próximo año la Décima Tercera Reunión del Grupo de Trabajo para la Conservación de los Recursos Marinos (APEC-13 MRC WG); Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo del IMAR- PE Nº 084-99-CD/O, adoptado en la Décima Octava Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de setiembre de 1999, se aprobó la participación del doctor Rogelio Villanueva Flores, Ase- sor de la Institución, en el evento antes citado;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031- 89-EF, 135-90-PCM, y 037-91-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Rogelio Vill- anueva Flores, Asesor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a la ciudad de Beijing - China, para participar en el Second APEC OMISAR Workshop on Ocean Models, a realizarse del 25 al 29 de octubre de 1999. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo al Pliego Presupuestal del Instituto del Mar del Perú - IMAR- PE, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 2 420,00 - Viáticos 1 560,00 - Tarifa CORPAC 25,00 Artículo 3º.- El citado Asesor al término de su partici- pación en el Evento, presentará un informe al despacho Ministerial con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 13536 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo Bilateral Perú Ecuador: "Problema Computacional del Año 2000" DECRETO SUPREMO Nº 048-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Bilateral Perú Ecuador: "Proble- ma Computacional del Año 2000" , fue suscrito en esta ciudad, el 11 de agosto de 1999; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presi- dente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito previo de la aprobación por el Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Bilateral Perú Ecuador: "Problema Computacional del Año 2000" , suscrito en esta ciudad, el 11 de agosto de 1999. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores