Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 1999 (26/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 26 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD para participar en congreso de sociedades de biologia y medicina nuclear que se realiza en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 144-99-TR MORDAZA, 23 de octubre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 402-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, se llevara a cabo el XVI CONGRESO DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE SOCIEDADES DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR, organizado por el Congreso Iberoamericano de Medicina Nuclear, del 24 al 28 de octubre de 1999; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnologo Medico del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para 1999, y Normas Complementarias aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y en observancia a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 034-99-PCM sobre medidas de austeridad para el Sector Publico aplicables a partir del 1 de octubre del presente ano, es conveniente autorizar el viaje al mencionado profesional; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnologo Medico del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 24 al 28 de octubre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo presentar a su retorno el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Derechos Educativos: US$ 100.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 13541 RESOLUCION SUPREMA Nº 145-99-TR MORDAZA, 23 de octubre de 1999

VISTO: El Oficio Nº 402-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, se llevara a cabo el XVI CONGRESO DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE SOCIEDADES DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR, organizado por el Congreso Iberoamericano de Medicina Nuclear, del 24 al 28 de octubre de 1999; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnologo Medico del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para 1999, y Normas Complementarias aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y en observancia a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 034-99-PCM sobre medidas de austeridad para el Sector Publico aplicables a partir del 1 de octubre del presente ano, es conveniente autorizar el viaje al mencionado profesional; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnologo Medico del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 24 al 28 de octubre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo presentar a su retorno el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Derechos Educativos: US$ 100.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 13542 RESOLUCION SUPREMA Nº 146-99-TR MORDAZA, 23 de octubre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 402-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, se llevara a cabo el XVI CONGRESO DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE SOCIEDADES DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR, organizado por el Congreso Iberoamericano de Medicina Nuclear, del 24 al 28 de octubre de 1999; Que, el senor DANFER MORDAZA MORDAZA LAOS, Medico, Jefe del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1

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