Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 1999 (04/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 1999

Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Incs. "a", "h" y "j" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 90-99-COPEPROAD-PNP de 7.JUL.99; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC TB PNP MORDAZA Ela MORDAZA MORDAZA con Destitucion; por faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas, uso de la funcion con fines de lucro y actos de inmoralidad). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese.

Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 84-99-COPEPROAD-PNP de 28.JUN.99; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC TB PNP Liliam MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Destitucion con fecha 13.SET.98, en via de regularizacion; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 11040 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0866-99-IN/PNP MORDAZA, 25 de agosto de 1999

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 11039 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0865-99-IN/PNP MORDAZA, 25 de agosto de 1999 Visto, el Parte Nº 190-98-DIRSAN.HCPNP.INSP.U.Inv. de 9.NOV.98, de registro C-282-4242-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra la EC TB PNP Liliam MORDAZA MORDAZA MORDAZA (38) CIP Nº 30991608. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2836-DIPER-PNP de 11.JUN.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC TB PNP Liliam MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en presunto abandono de cargo desde el 13.SET.98, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion;

Visto, el Parte Nº 56.99.DIRSAN.HCPNP.INSP.U.Inv. de 10.FEB.99, de registro C-401-949-DIPERPNP-DAPEYEC, instruido contra la EC PNP (MEDICO) MORDAZA Liliam MORDAZA MORDAZA (35) CIP Nº 70050439. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2877-DIPER-PNP de 15.JUN.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PNP MORDAZA Liliam MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en presunto abandono de cargo desde el 1.OCT.98, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 85-99-COPEPROAD-PNP de 28.JUN.99;

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