Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 1999 (04/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 1999 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA como Presidenta y de la Dra. LUZ DONATILDE MORDAZA MORDAZA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Huancayo, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11320 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-99-PROMUDEH MORDAZA, 3 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo la transferencia al referido Instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidenta y a la Sra. MORDAZA MORDAZA PINAS CHIUYARI como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Huancayo, ambos en representacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11321

Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, se ha determinado la presunta existencia de responsabilidad penal por parte de los ex funcionarios responsables a la fecha de los hechos, en la irregular conduccion de los procesos de adjudicacion directa llevados a cabo para la Toma de Inventario Fisico de Bienes Patrimoniales y Suministros al 31 de diciembre de 1997 asi como para la Toma de Inventario Fisico de Suministros Transferidos por el ex INFOM; Que de los hechos descritos en la accion de control referida, se evidencian indicios razonables de presunta comision de ilicitos penales por parte de los ex Directores de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de COOPOP, al haber incumplido las funciones inherentes al cargo que desempenaron, inobservando el procedimiento para Adjudicacion Directa que establecian las normas vigentes a la fecha de convocatoria, proporcionando ellos mismos las razones sociales de las empresas a las que se invito a participar en el MORDAZA, las cuales ademas no estaban inscritas en el Registro de Proveedores de COOPOP a la fecha de invitacion, por lo que se presume la existencia de un concierto de voluntades para beneficiar a la empresa ganadora de la buena pro; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Articulo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema estan considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra los presuntos responsables establecidos en la Hoja Informativa Nº 02-98-GAI/COOPOP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11312

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra ex funcionarios de COOPOP, por presunta responsabilidad penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 258-99-PROMUDEH MORDAZA, 3 de setiembre de 1999 Vistos el Oficio Nº 231-99-PE/COOPOP, de la Presidencia Ejecutiva de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones de la Hoja Informativa Nº 02-98-GAI/COOPOP, del Organo de

RELACIONES EXTERIORES
Designan integrantes de delegacion que participara en eventos del APEC y del SOM, a realizarse en Nueva Zelanda
RESOLUCION SUPREMA Nº 397-99-RE MORDAZA, 3 de setiembre de 1999 Debiendo realizarse la VII Cumbre de Lideres del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC), la XI Reunion Ministerial, y la Reunion de Altos Representantes del Foro (SOM), en la MORDAZA de Auckland, Nueva Zelanda, del 7 al 13 de setiembre de 1999;

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