Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 1999 (21/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 21 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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6. DETERMINACION PRELIMINAR DE LA EXISTENCIA DE LA RELACION CAUSAL ENTRE LAS IMPORTACIONES Y EL DANO Y/O AMENAZA DE DANO GRAVE. Durante 1998 la disminucion en los precios, utilidades, volumenes de venta, aumento de la capacidad instalada ociosa y participacion de MORDAZA de SIDERPERU coincidieron con un fuerte incremento de las importaciones de aceros planos, principalmente originarios de no miembros de la OMC. Cabe destacar que las perdidas de la solicitante se habrian producido pese a haber disminuido sus precios a fin de competir con los productos importados, especialmente de no miembros de la OMC, cuyos precios tuvieron una tendencia decreciente, siendo asimismo menores a los precios de los importaciones originarias de miembros de la OMC. Aparentemente, esta situacion llevo al deterioro de los precios de aceros planos de la solicitante, y segun lo senalado por la misma, la empresa vio reducidos sus margenes de utilidad llegando a vender a perdida a partir del tercer trimestre de 1998. Considerando que los precios de los productos importados han continuado su tendencia a la baja durante el primer semestre de 1999, es de esperarse que esta situacion no permita la recuperacion de la empresa en un corto plazo. En lo que respecta a aceros no planos, si bien en 1998 se registro la importacion de un volumen importante de aceros originarios de Rusia (unico MORDAZA no miembro proveedor de este MORDAZA de aceros), ello no significo un aumento en el volumen de importaciones - pese al aumento del MORDAZA nacional de este producto - sino un cambio en su composicion. Asimismo, durante el primer semestre de 1999 las importaciones de Rusia solo representaron el 3,9% del total importado, mientras que las importaciones de Letonia, MORDAZA miembro de la OMC, representaron el 95,4% del volumen total importado. En tal sentido, no es posible afirmar la existencia de un dano y/o amenaza de dano grave a la industria nacional causada por las importaciones de aceros no planos originarios de no miembros de la OMC. 7. ASPECTOS A CONSIDERAR 7.1. Luego de su privatizacion SIDERPERU ha desarrollado inversiones orientadas tanto en la ampliacion de su capacidad instalada, lo que le permitio abastecer una mayor demanda local de los productos materia de su solicitud. Asimismo, el aumento de su productividad le ha permitio reducir sus costos de produccion, ofreciendo asi menores precios, a fin de adaptarse a las exigencias del mercado. 7.2. Debido a la gran variedad de los productos que ingresan bajo las distintas subpartidas resultara importante, a efectos de la investigacion, determinar si existen productos que no compiten con los comercializados por SIDERPERU, y que por tanto no le generarian dano. 7.3. En el informe presentado por SIDERPERU referente al analisis sobre el impacto de la medida de salvaguardia en los consumidores, no ha sido contemplado un analisis tomando en consideracion los distintos tipos de aceros que ingresan bajo las subpartidas materia de su solicitud, situacion que limita el analisis efectuado por la solicitante y en consecuencia el analisis de la Secretaria Tecnica. Por tal motivo, resultara importante que durante el MORDAZA de investigacion de productos planos, SIDERPERU presente un estudio que recoja estos aspectos. 7.4. Cabe destacar que el incremento de las importaciones originarias de los estados que formaron parte de la Ex Union Sovietica, se debio principalmente a los excedentes de produccion exportable como consecuencia de la contraccion de la demanda de aceros de los paises asiaticos, producto de la crisis de esa region a mediados de 1997. Estos excedentes contribuyeron a la caida en los precios de los aceros en distintas regiones. No obstante deberia efectuarse un seguimiento de los indicadores del MORDAZA mundial del acero. 7.5. A efectos de una futura investigacion cabe analizar las razones por las cuales la empresa solicitante

realizo importaciones de aceros laminados originarios de paises miembros y no miembros de la OMC. 8. CONCLUSIONES 8.1. Se ha comprobado que entre enero de 1998 y junio de 1999 se ha registrado un incremento considerable en terminos absolutos y relativos de las importaciones de aceros planos originarios de no miembros de la OMC. 8.2. Se ha verificado que las importaciones de aceros planos fueron unicamente originarias de la Federacion de Rusia, de la Republica de Ucrania y de la Republica de Kazajstan. 8.3. Se han configurado indicios razonables de dano grave a la MORDAZA de la produccion nacional de aceros planos. Este dano se veria reflejado en la caida en los precios, volumenes de venta, y participacion en el MORDAZA nacional del productor nacional. 8.4. Estos indicios coinciden con las importaciones de aceros planos originarios de la Federacion de Rusia, de la Republica de Ucrania y de la Republica de Kazajstan. En consecuencia existen indicios de una relacion de causalidad entre el dano grave a la MORDAZA de la produccion nacional y el incremento de las importaciones de aceros planos originarios principalmente de los paises no miembros de la OMC anteriormente senalados. 8.5. En lo que respecta a aceros no planos, durante 1998 se observa una recomposicion en las importaciones de aceros no planos, siendo los volumenes de MORDAZA no planos originarios de paises miembros de la OMC sustituido en parte por importaciones originarias de la Federacion de Rusia. Asi mismo durante este periodo tuvo lugar un crecimiento significativo de las ventas del producto nacional. Por otra parte durante el primer semestre de 1999 mas del 90% del volumen importado de aceros planos fue originario de Letonia, MORDAZA miembro de la OMC, cuyos precios a nivel FOB y nivel CIF fueron identicos a los de la Federacion de Rusia. 9. RECOMENDACIONES 9.1. Disponer el inicio del procedimiento de investigacion sobre medidas de salvaguardias a los aceros planos para la Federacion de Rusia, Republica de Ucrania y Kazajstan. 9.2. Declarar improcedente la solicitud de inicio de investigacion sobre medidas de salvaguardias a las importaciones de aceros planos para los siguientes paises: MORDAZA Saudita, Albania, MORDAZA, Andorra, MORDAZA, Azerbaijan, Bielorusa, Bhutan, Cambodia, Caboverde, Republica Popular China, Taiwan, Croacia, Estonia, Etiopia, MORDAZA, MORDAZA, Jordania, Laos, Libano, Lituania, Moldovia, Nepal, Oman, Samoa, Seycshelles, MORDAZA, Tonga, Uzbekistan Vanuatu, Vietnam y Yemen. 9.3. Declarar improcedente la solicitud de inicio de investigacion sobre medidas de salvaguardias a las importaciones de aceros planos originarios de no miembros de la Organizacion Mundial de Comercio. 9.4. Realizar un analisis desagregado de los productos que ingresan bajo las distintas subpartidas a efectos de determinar el grado de similitud y/o nivel de competencia con los productos elaborados por SIDERPERU. 9.5. Solicitar a SIDERPERU que desarrolle el analisis presentado sobre el impacto de la medida de salvaguardia en los consumidores, considerando los distintos tipos de aceros que ingresan bajo las subpartidas materia de su solicitud. 9.6. De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 12º del Decreto Supremo Nº020-98-ITINCI, requerir a la Empresa Siderurgica del Peru S.A.A. la MORDAZA del Plan de Reajuste de la MORDAZA de la produccion nacional a la competencia de las importaciones dentro del plazo de ley. MORDAZA Garcia-Godos Secretaria Tecnica COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS

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