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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (19/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 191738 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de agosto de 2000 PESQUERIA Modifican artículo de resolución mediante la cual se estableció peso y tamaño mínimo de extracción del re- curso pulpo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 228-2000-PE Lima, 18 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de los recursos hidrobiológicos con- forme a lo dispuesto en los Artículos 2º y 9º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Que por Resolución Ministerial Nº 008-99-PE de fecha 11 de enero de 1999, se estableció en todo el litoral peruano en aplicación del criterio precautorio, el peso y tamaño mínimo de longitud de manto para la extracción del recurso pulpo (Octopus mimus ); Que la Dirección Regional de Pesquería Ilo en el Oficio Nº 672-2000-CTAR-M/DIREPE-ILO, manifiesta que las medidas mínimas establecidas en peso y longitud para la extracción de este recurso a través de la Resolución Ministerial citada en el considerando precedente deben someterse a revisión, al haberse encontrado diferencias en dicha equivalencia, lo que dificulta las acciones de control que se realizan en su jurisdicción; Que el Instituto del Mar del Perú en el Oficio Nº DE-100- 166-2000-IMP/PE recomienda que las medidas de control estén basadas en el peso del pulpo, toda vez que los valores estimados para determinar la longitud del manto son tallas medias, de modo tal que a ejemplares de (1) un kilogramo de peso podrían corresponder tallas entre 10,1 y 16,5 centíme- tros, con lo que se logrará además superar los inconvenien- tes originados al efectuar tales mediciones; Que conforme a lo expuesto en los considerandos anteriores, es conveniente modificar parcialmente la Resolución Ministe- rial Nº 008-99-PE, con la finalidad de facilitar las labores de control que se desarrollan en el ámbito marítimo nacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 008-99-PE, el mismo que queda redactado de la siguiente forma: "Establecer en todo el litoral peruano, en aplicación del criterio precautorio el peso mínimo de extracción, transpor- te, procesamiento y comercialización del recurso pulpo ( Octo- pus mimus ) en un (1) kilogramo por ejemplar". Artículo 2º.- Concédase una tolerancia máxima de cap- tura, transporte, procesamiento y comercialización de vein- te por ciento (20%), en el número de ejemplares cuyo peso sea inferior al establecido en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 008-99-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO HANDABAKA GARCIA Ministro de Pesquería 9546 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan participación de vocal de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima en congreso de Derecho de Familia, a realizarse en Colombia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1224-CME-PJ Lima, 17 de agosto del 2000LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTO: El Oficio Nº 1006-2000-P-CSJCA-PJ-S de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, referido a la autorización del doctor Manuel Jesús Miranda Canales para participar en el XI Congreso Internacional de Derecho de Familia "Familia de hoy y familia del futuro". CONSIDERANDO: Que, el rector de la Universidad Externado de Colombia, invita a participar al doctor Manuel Jesús Miranda Canales, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, al XI Congreso Internacional de Derecho de Fami- lia "Familia de hoy y familia del futuro" a realizarse en la ciudad de Bogotá - Colombia, del tres al siete de setiembre del año en curso; Que el objetivo de este evento es promover el intercambio de conocimientos y experiencias entre instituciones nacio- nales o extranjeras dedicadas a la defensa legal; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546 sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar al doctor Manuel Jesús Miranda Canales, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, para que participe en el XI Congreso Internacional de Derecho de Familia "Familia de Hoy y Familia del Futuro", a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 3 al 7 de setiembre del presente año, conce- diéndosele licencia del 3 al 8 de setiembre del presente año. Segundo.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Poder Judicial. Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Presi- dente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 9522 BANCO CENTRAL DE RESERVA Dictan disposiciones de encaje en moneda nacional CIRCULAR Nº 027-2000-EF/90 Lima, 18 de agosto de 2000 Ref.: Disposiciones de encaje en mone- da nacional El Directorio de este Banco Central ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 015-2000-EF/90, sustituyéndola por la presente, que rige a partir del período de encaje que se inicia el 1 de setiembre del 2000. En esta oportunidad se reduce a 6 por ciento la tasa del encaje mínimo legal y se establece un porcentaje mínimo a mantener como depósito en el Banco Central. I. NORMAS GENERALES 1. Ambito de aplicación La presente Circular rige para las empresas de operacio- nes múltiples del sistema financiero a que se refiere el literal A del Artículo 16º de la Ley Nº 26702 (Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nºs. 27008, 27102, 27299 y 27331, en adelante Ley General), así como para el Banco de la Nación y la Corpora-