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Pág. 191838 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de agosto de 2000 eleva la documentación correspondiente a la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Programa "Cordillera Negra"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 5.10 del Artículo 5º del Regla- mento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Adminis- trativa Nº 018-CME-PJ, esta Comisión está facultada para aprobar, en el ámbito Jurisdiccional, los Convenios de Cooperación e Intercambio dentro de la Constitución y las leyes; Que, la Justicia de Paz, como pilar básico de la Adminis- tración de Justicia en el país, es ejercida por miembros de Comunidades Campesinas, personas que en su mayoría no tienen formación jurídica, no obstante lo cual administran justicia basándose en los usos y costumbres propios de cada comunidad; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel académico de los Magis- trados, promoviendo su participación en actividades de capacitación y actualización; Que, se ha acordado con el Programa "Cordillera Negra" la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitu- cional, cuyo objeto sea el propiciar una capacitación inte- gral dirigida a los Jueces de Paz Titulares y Accesitarios del Distrito Judicial de Ancash, relacionada con los métodos y técnicas de Despacho de Justicia Básica; Que, el Programa "Cordillera Negra" es una persona jurídica de derecho privado, cuyo objetivo es el de contribuir a que los campesinos en situación de pobreza, residentes en la zona de la Cordillera Negra, Distrito Judicial de Ancash, puedan mejorar su situación e integrarse en el proceso general de desarrollo del Perú, a través del aumento de sus recursos y el refuerzo de sus potenciales, tanto productivos como sociales, entre los que se considera el acceso a la justicia; Que, en el Programa de Capacitación participarán los Jueces de Paz de los Centros Poblados Menores, Caseríos y distritos de las provincias de Huaráz, Recuay, Aija, Ocros, Bolognesi, Carhuaz, Yungay y Huaylas, alcanzando un total de 206 Jueces titulares y un número similar de accesitarios; Que, los cursos a dictarse, así como los gastos referentes al material, traslado y alimentación de los Jueces, serán financiados por el Programa "Cordillera Negra", a través del Proyecto y con recursos de la Unión Europea; Que, el Poder Judicial dará el apoyo correspondiente para el desarrollo de los cursos designando los Magistrados encargados de la capacitación, préstamo del Auditorio prin- cipal de la sede de la Corte, equipo de sonido; Que, en uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funcio- nes de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibili- zar su reorganización y reestructuración integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias; pu- diendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que los órganos jurisdiccionales funcionen con la debida celeridad y eficiencia, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial para que suscriba el Convenio de Cooperación Inter-institucional entre el Poder Judicial y el Programa "Cordillera Negra" para capacitar a Jueces de Paz de ocho provincias del departamento y Distrito Judicial de Ancash, eventos que se realizarán en el mes de setiembre del presente año. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, y a los Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ 9641DEFENSORIA DEL PUEBLO FE DE ERRATAS RESOLUCIONES DEFENSORIALES Nºs. 46 y 47-2000/DP Mediante Oficio Nº 175-2000-DP/GAF la Defensoría del Pueblo solicita se publique Fe de Erratas de las Resolucio- nes Defensoriales Nºs. 46 y 47-2000/DP, publicadas en nuestra edición del día 19 de agosto de 2000, en la página 191755. DICE: "Lima, 14 de agosto de 2000" DEBE DECIR: "Lima, 11 de agosto de 2000" 9607 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Amplían alcances de resolución me- diante la cual se designó fiscal ad hoc para que investigue hechos relativos a presunto tráfico ilícito de armas y otros delitos conexos RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 551-2000-MP-CEMP Lima, 21 de agosto de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, estando al Oficio Nº 158-2000-SIN.0I., cursado por el señor Contralmirante Humberto Rozas Bonuccelli, Jefe del SIN, es necesario ampliar los alcances de la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Pú- blico Nº 550-2000-MP-CEMP de fecha 21 de agosto del 2000, para que el Fiscal Ad hoc, doctor Plácido Antenor Córdova Díaz, conozca también los delitos contra el Estado y la Defensa Nacional y todos los delitos que se deriven como consecuencia de los hechos materia de investigación; en consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 6432 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que el señor doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miem- bro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra con licencia por motivos de enfermedad; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera de las Disposiciones Transitorias, Complemen- tarias y Finales de la Ley Nº 26623, y Leyes Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Resolu- ción Nº 550-2000-MP-CEMP del 21 de agosto del 2000, para que el Fiscal Ad hoc, doctor Plácido Antenor Córdova Díaz, conozca también los delitos contra el Estado y la Defensa Nacional y todos los delitos que se deriven como consecuen- cia de los hechos materia de investigación, y proceda de acuerdo a sus atribuciones con arreglo a ley. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la pre- sente resolución a los señores, Presidente de la Corte