Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2000 (23/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de agosto de 2000

eleva la documentacion correspondiente a la suscripcion de un Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Programa "Cordillera Negra"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 5.10 del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 018-CME-PJ, esta Comision esta facultada para aprobar, en el ambito Jurisdiccional, los Convenios de Cooperacion e Intercambio dentro de la Constitucion y las leyes; Que, la Justicia de Paz, como MORDAZA basico de la Administracion de Justicia en el MORDAZA, es ejercida por miembros de Comunidades Campesinas, personas que en su mayoria no tienen formacion juridica, no obstante lo cual administran justicia basandose en los usos y costumbres propios de cada comunidad; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion; Que, se ha acordado con el Programa "Cordillera Negra" la suscripcion de un Convenio de Cooperacion Interinstitucional, cuyo objeto sea el propiciar una capacitacion integral dirigida a los Jueces de Paz Titulares y Accesitarios del Distrito Judicial de MORDAZA, relacionada con los metodos y tecnicas de Despacho de Justicia Basica; Que, el Programa "Cordillera Negra" es una persona juridica de derecho privado, cuyo objetivo es el de contribuir a que los campesinos en situacion de pobreza, residentes en la MORDAZA de la Cordillera Negra, Distrito Judicial de MORDAZA, puedan mejorar su situacion e integrarse en el MORDAZA general de desarrollo del Peru, a traves del aumento de sus recursos y el refuerzo de sus potenciales, tanto productivos como sociales, entre los que se considera el acceso a la justicia; Que, en el Programa de Capacitacion participaran los Jueces de Paz de los Centros Poblados Menores, Caserios y distritos de las provincias de MORDAZA, Recuay, Aija, Ocros, Bolognesi, Carhuaz, Yungay y Huaylas, alcanzando un total de 206 Jueces titulares y un numero similar de accesitarios; Que, los cursos a dictarse, asi como los gastos referentes al material, traslado y alimentacion de los Jueces, seran financiados por el Programa "Cordillera Negra", a traves del Proyecto y con recursos de la Union Europea; Que, el Poder Judicial MORDAZA el apoyo correspondiente para el desarrollo de los cursos designando los Magistrados encargados de la capacitacion, prestamo del Auditorio principal de la sede de la Corte, equipo de sonido; Que, en uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un periodo de excepcion las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su reorganizacion y reestructuracion integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que los organos jurisdiccionales funcionen con la debida celeridad y eficiencia, y estando a lo acordado en la sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial para que suscriba el Convenio de Cooperacion Inter-institucional entre el Poder Judicial y el Programa "Cordillera Negra" para capacitar a Jueces de Paz de ocho provincias del departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, eventos que se realizaran en el mes de setiembre del presente ano. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a los Organos de Linea de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9641

DEFENSORIA DEL PUEBLO
FE DE ERRATAS RESOLUCIONES DEFENSORIALES Nºs. 46 y 47-2000/DP Mediante Oficio Nº 175-2000-DP/GAF la Defensoria del Pueblo solicita se publique Fe de Erratas de las Resoluciones Defensoriales Nºs. 46 y 47-2000/DP, publicadas en nuestra edicion del dia 19 de agosto de 2000, en la pagina 191755. DICE: "Lima, 14 de agosto de 2000" DEBE DECIR: "Lima, 11 de agosto de 2000" 9607

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Amplian alcances de resolucion mediante la cual se designo fiscal ad hoc para que investigue hechos relativos a presunto trafico ilicito de MORDAZA y otros delitos conexos
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 551-2000-MP-CEMP MORDAZA, 21 de agosto de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, estando al Oficio Nº 158-2000-SIN.0I., cursado por el senor Contralmirante MORDAZA MORDAZA Bonuccelli, Jefe del SIN, es necesario ampliar los alcances de la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 550-2000-MP-CEMP de fecha 21 de agosto del 2000, para que el Fiscal Ad hoc, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conozca tambien los delitos contra el Estado y la Defensa Nacional y todos los delitos que se deriven como consecuencia de los hechos materia de investigacion; en consecuencia, la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 6432 en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejandose MORDAZA que el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, se encuentra con licencia por motivos de enfermedad; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera de las Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623, y Leyes Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar los alcances de la Resolucion Nº 550-2000-MP-CEMP del 21 de agosto del 2000, para que el Fiscal Ad hoc, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conozca tambien los delitos contra el Estado y la Defensa Nacional y todos los delitos que se deriven como consecuencia de los hechos materia de investigacion, y proceda de acuerdo a sus atribuciones con arreglo a ley. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte

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