Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2000 (17/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de enero de 2000

Que, de los actuados y del descargo presentado por el ex funcionario Nivel F-2 MORDAZA RAMAL BARRENECHEA, ex Director de Abastecimiento, en torno al giro a favor del proveedor AGNA EIRL, para abastecer viveres en JUL.96 refiere que se pago a la firma AGNA EIRL de acuerdo a lo indicado en la R.D. Nº 775-96-INPE/OGA, y que la diferencia encontrada con la R.D. Nº 713-96-INPE/ OGA fue por el movimiento de la poblacion penal, consignando en los partes diarios que no son coherentes y confiables, y estando a lo senalado por la R.D. Nº 947-96INPE/OGA que aprueba la "Directiva de Mejoramiento del MORDAZA de Adquisicion de Bienes y Servicios del INPE" en el punto 1.1 dispone que cada E.P. informe a la Direccion de Abastecimiento sobre el movimiento diario poblacional, con la visacion de la Direccion de Registro Penitenciario, y en su punto 1.4 indica que es responsabilidad conjunta del Director de los E.P. y del Administrador hacer cumplir el numeral 1.1; por lo que levanta los cargos formulados en su contra; Que, de los actuados y del descargo presentado por el ex funcionario Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA BORNAS, ex Director General de Administracion, en torno al giro a favor del proveedor AGNA EIRL, para abastecer en JUL.96 en merito a la R.D. Nº 775-96-INPE/OGA, asi como respecto a los viveres crudos y panes abastecidos para el mes de SET.96 por los proveedores AGNA EIRL y "Hogar de Cristo" donde se observa precios sobre valorados y el pago de facturas fue sin tomar en cuenta el movimiento de la poblacion penal, manifiesta que de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones del INPE R.M. Nº 077-93-JUS y el Manual de Organizacion y Funciones, aprobado por Res. Nº 009-96-CNP/P, la Oficina General de Administracion cumplia sus funciones a traves de Organos conformantes: Abastecimiento, Contabilidad, Tesoreria y Unidad de Control Previo, las que cumplian por delegacion funciones expresas de supervision y control, y estando a lo senalado por la R.D. Nº 94796-INPE/OGA que aprueba la "Directiva de Mejoramiento del MORDAZA de Adquisicion de Bienes y Servicios del INPE" el punto 1.1 dispone que cada E.P. informara a la Direccion de Abastecimiento sobre el movimiento diario poblacional, con visacion de la Direccion de Registro Penitenciario, y en su punto 1.4 indica que es responsabilidad conjunta del Director de los E.P. y del Administrador hacer cumplir el numeral 1.1; levantando los cargos formulados en su contra; Que, de la evaluacion de los documentos adjuntos se observa que pese a haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el Articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para que el ex funcionario Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Abastecimiento formule su descargo, este no ha hecho uso del derecho de defensa, en torno al abastecimiento de viveres crudos y panes para el mes de SET.96, con precios sobrevalorados por un monto de S/. 985.30 Nuevos Soles, y sin tener en cuenta el movimiento de la poblacion del E.P.R.C.O. Lurigancho, existiendo una diferencia de S/. 1,381.10 Nuevos Soles; sin embargo por encontrarse en la misma situacion que el ex funcionario Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA BORNAS y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es de aplicacion la R.D. Nº 497-96-INPE, que responsabiliza al Director y Subdirector de los Establecimientos Penitenciarios, por el valor de los alimentos asi como del movimiento poblacional del penal, por lo que levanta el cargo formulado en su contra; Que, en relacion al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de la Unidad de Adquisiciones y de la Unidad de Control Previo, tampoco ha formulado su descargo en torno al pago del proveedor Kella EIRL, por abastecimiento de viveres para el mes de ENE.96, produciendose un gasto menor de S/. 38.20 Nuevos Soles; por el giro al proveedor AGNA EIRL en merito a la R.D. Nº 775-96.INPE/OGA para en JUL.96 abastecer 16,728 viveres, en tanto que segun R.D. Nº 713-96-INPE/OGA autorizo 162,152 raciones de pan, resultando 576 raciones menos que las autorizadas para los viveres crudos; asimismo, mediante C.P. Nº 093 se giro S/. 16,929.00 Nuevos Soles, al administrador del E.P. de MORDAZA, MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, siendo los gastos aprobados S/. 14,041.50 Nuevos Soles, existiendo una diferencia de S/. 2,884.50 Nuevos Soles; ademas, por haber autorizado el pago para el proveedor del E.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, faltando S/. 111.74 Nuevos Soles, con relacion a lo facturado; asi mismo se pago faltando S/.1,778.86 Nuevos Soles, al proveedor "L y P" Mercantil SRL por el concepto de pan

para el mes de ENE.96; asimismo, se dio tramite a la Guia de Remision Nº 051 y Fact. Nº 001 de fecha 12.FEB.96 documento que no fue visado por el Director del Penal, asi como las facturas del proveedor LORINKO EIRL se encuentran sin fecha de emision y sin visacion del Director del penal; ademas, en el mes de ENE.96 hubo un menor gasto por el importe de S/. 1,591.42 Nuevos Soles, estos hechos han ocurrido durante la gestion del Sr.GABRIEL MORDAZA FIGUEROA; por lo que subsisten los cargos formulados en su contra. Que, por lo expuesto se concluye que el ex funcionario Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de la Unidad de Adquisiciones y de la Unidad de Control Previo, ha infringido las obligaciones que impone la MORDAZA administrativa establecidos en los Incs. a) y b) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrativas tipificadas en el Inc. d) del Art. 28º de la citada MORDAZA legal y con respecto a los ex funcionarios Nivel F-4 CPC MORDAZA ORDINOLA MORDAZA, ex Director General de Administracion, Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA BORNAS, ex Director General de Administracion, Nivel F-2 MORDAZA RAMAL BARRENECHEA, ex Director de Abastecimiento, Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Nivel F-2 MORDAZA PURRILLA MORDAZA, ex Director de Abastecimiento, levantan los cargos formulados en su contra; Asi mismo, es de mencionar que los ex funcionarios CPC MORDAZA ORDINOLA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BORNAS, MORDAZA RAMAL BARRENECHEA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA PURRILLA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ya han sido cesados de la Administracion Publica mediante RPCR Nº 192-96-INPECR, R.M. Nº 285-96, R. S. Nº 108-96-JUS, R.S. Nº 197-96JUS, R.S. Nº 198-96-JUS y RPCR Nº 020-96-INPE-CR-P, respectivamente; Estando a lo recomendado en el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ABSOLVER a los ex funcionarios de la Direccion Regional MORDAZA, Nivel F-4 CPC MORDAZA ORDINOLA MORDAZA, ex Director General de Administracion, Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA BORNAS, ex Director General de Administracion, Nivel F-2 MORDAZA RAMAL BARRENECHEA, ex Director de Abastecimiento, Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Nivel F-2 MORDAZA PURRILLA MORDAZA, ex Director de Abastecimiento, de los cargos formulados en la R.P Nº 206-99-INPE-P, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de Treinticinco (35) dias sin goce de remuneraciones, al ex funcionario Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de la Unidad de Adquisiciones y de la Unidad de Control Previo de la Direccion Regional MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- ANOTESE la presente resolucion, via acto administrativo en el legajo personal de los referidos ex funcionarios, a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, al haber sido cesados de la funcion publica. Articulo 4º.- Entiendase por notificada la presente Resolucion a los interesados, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 0521

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