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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de enero de 2000 AÑO XVIII - Nº 7156 Pág. 183023 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Prorrogan el Estado de Emergencia en la provincia de Tahuamanú del departa- mento de Madre de Dios DECRETO SUPREMO Nº 003-2000-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-99-PCM se declaró en Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta día, a partir del 22 de octubre de 1999, a la provincia de Tahuamanú del departamento de Madre de Dios; Que, por Decreto Supremo Nº 043-99-PCM se prorrogó, por el plazo de treinta días, a partir del 21 de diciembre de 1999, el Estado de Emergencia en la provincia de Tahuamanú; Que, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia en la provincia de Tahuamanú hasta el 29 de febrero del presente año, por cuanto aún subsisten las manifestaciones que perturban el orden en dicha zona, principalmente para mantener el uso racional de los recursos naturales existen- tes en dicho lugar, especialmente, la madera; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrógase a partir del 21 de enero hasta el 29 de febrero del año 2000, el Estado de Emergencia en la provincia de Tahuamanú del departamento de Madre de Dios. Artículo 2º.- Las Fuerzas Armadas continuarán asu- miendo el control del Orden interno en dicha provincia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24150, modifica- da por el Decreto Legislativo Nº 749. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Defensa y del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros CARLOS BERGAMINO CRUZ Ministro de Defensa CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 1057 Ratifican acuerdo de la COPRI que ex- cluye del proceso de promoción de la inversión privada a los activos de la Planta Lechera de Trujillo RESOLUCION SUPREMA Nº 051-2000-PCM Lima, 24 de enero del 2000CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-99-PE de fecha 6 de marzo de 1999, se ratificó el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, en virtud del cual se incluye en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a los activos que conforman la Planta Lechera de Trujillo de titularidad del Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región La Libertad, asimismo, se constituye el Comité Especial en- cargado de la ejecución del correspondiente proceso de promoción de la inversión privada; Que, con Resolución Suprema Nº 090-99-PE de fecha 15 de junio de 1999, se ratificó el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se aprueba el Plan de Promoción de la Inversión Privada a ser ejecutado en los activos antes mencionados, siendo la modalidad aplicable a dicho proceso la señalada en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Acuerdo COPRI adoptado en sesión de fecha 6 de enero del 2000, se ha acordado excluir del referido proceso de promoción de la inversión privada, a los activos que conforman la Planta Lechera de Trujillo; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 4º y 5º del Decreto Legislativo Nº 674; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, confor- me al cual se excluye del proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a los activos que conforman la Planta Lechera de Trujillo de titularidad del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional de la Región La Libertad. Artículo 2º.- En virtud de lo dispuesto por el artículo precedente, se da por concluido el encargo encomendado a los señores Dora Ballester de Velarde, Mario Hernández Rubiños y Luis del Carpio Castro, dándoles las gracias por los servicios prestados. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 1050 Autorizan créditos suplementarios en el presupuesto del Sector, provenien- tes de donaciones, venta de bases, indemnizaciones y saldo de balance de ejercicios anteriores RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2000-PCM Lima, 20 de enero de 2000