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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de junio de 2000 AÑO XVIII - Nº 7297 Pág. 187995Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Encargan el Despacho de la Presiden- cia de la República al Primer Vicepresi- dente RESOLUCION SUPREMA Nº 232-2000-PCM Lima, 13 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori, viajará del 14 al 16 de junio del 2000 a la República de Colombia, para participar en la XIV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funcio- nes del Despacho Presidencial, mientras dure la ausencia del señor Presidente Constitucional de la República; De conformidad con el segundo párrafo del Artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presi- dencia de la República al Ing. Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República, a partir del 14 de junio del 2000 y en tanto dure la ausencia del señor Presiden- te de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 6841 Autorizan viaje de integrantes de pren- sa oficial que informará sobre partici- pación del Presidente de la República en la XIV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río RESOLUCION SUPREMA Nº 233-2000-PCM Lima, 13 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, Jessica Gallegos Napurí, Oscar Paredes Estrada, Antonio Puertas Villanueva y Mario Dávila Facho, viajarán a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 14 al 16 de junio del 2000 integrando la Prensa Oficial encargada de la cobertura informativa de la participación del señor Presidente de la República, en la XIV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 031-89-EF y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje de Jessica Gallegos Napurí, Oscar Paredes Estrada, Antonio Puertas Villanueva y Mario Dávi- la Facho, a Cartagena de Indias, República de Colombia, del 14 al 16 de junio del 2000 como integrantes de la Prensa Oficial, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. 2º.- Los gastos por concepto de viáticos de los integrantes de la Prensa Oficial, a razón de US$ 800.00 por cada uno, serán cubiertos por el Despacho Presidencial. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 6842 Autorizan viaje del Ministro de la Pre- sidencia para asistir a la XIV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Gru- po de Río que se realiza en Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 234-2000-PCM Lima, 13 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Dr. Edgardo Mosqueira Medina, Ministro de la Presidencia, se ausentará del país del 14 al 16 de junio de 2000, para asistir, como miembro de la Comitiva Oficial que acompañará al Sr. Presidente de la República, a la XIV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, a celebrarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, en consecuencia resulta conveniente autorizar el viaje del Dr. Edgardo Mosqueira Medina, Ministro de la Presidencia, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 010-88- PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Edgardo Mos- queira Medina, Ministro de la Presidencia, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 14 al 16 de junio de 2000, para los fines expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Pliego Ministerio de la Presidencia de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 800.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuesen su clase o denominación.