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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (29/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 320

TEXTO PAGINA: 114

Pág. 189144 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de junio de 2000 MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban modificación de ordenan- za que aprobó el TUPA de la Muni - cipalidad ORDENANZA Nº 27-2000-A/MDA Ancón, 22 de junio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCON POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ancón, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en los Artículos 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, las entidades de la Administración Pública, entre las que se incluye a los Gobiernos Locales, deberán aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) antes del 30 de junio de cada año; Que, entrada en vigencia la Ley Nº 27157 - Ley de Regularización de Edificaciones y su Reglamento, apro- bado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, y Ley Nº 27180, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 776, relacionada a la licencia de apertura de estableci- mientos y Ley Nº 27268, Ley General de la Pequeña y Micro Empresa, en las cuales se ha establecido la nueva nomenclatura para procedimientos existentes, simplifi- cando sus requisitos; Que, habiéndose efectuado las propuestas de modificación y actualización del TUPA vigente, apro- bado mediante Ordenanza Nº 013-99-A/MDA, resulta necesario aprobar el nuevo TUPA a aplicarse en el año 2000, de acuerdo a las disposiciones de seguridad jurídica en materia administrativa contenida en la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Priva- da; Que, el Artículo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94- JUS, establece que sólo procederá el cobro de trami- tación por parte de las entidades de la Administración Pública, cuando esté autorizado por Ley y conste en el TUPA; De conformidad a lo dispuesto en los Artículos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, el Decreto Legislativo Nº 757 y el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del acta, adoptó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la modificación de la Ordenanza Nº 013-99-A/MDA que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ancón, en los rubros que se consignan en el anexo que forma parte constitutiva del presente dispositivo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MIGUEL ORTECHO ROMERO Alcalde 7289 Establecen disposiciones para la deter- minación de los arbitrios de Parques y Jardines Públicos, Relleno Sanitario y Limpieza Pública ORDENANZA Nº 28-2000-A/MDA Ancón, 22 de junio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCON POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Ancón, en Sesión Ordinaria de fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 68º de la Ley de Tributación Municipal, se aprueba la Orde- nanza Nº 007-99-A/MDA de fecha 30 de abril de 1999, referido al Régimen Tributario de los Arbitrios Munici- pales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, Relleno Sanitario, Agua y Alcantarillado y Seguridad Ciudadana para su aplicación en la jurisdicción del distrito de Ancón; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 027-99 de fecha 26/5/99, se acordó transferir el servicio de agua y alcantarillado a favor de SEDAPAL, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley General de Servicios de Saneamien- to Nº 26338; Que, de acuerdo con lo establecido en la quinta disposición transitoria de la Ley Nº 26338, concordan- te con el Estatuto de la Empresa el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL comprende las provin- cias de Lima y Provincia Constitucional del Callao, correspondiéndole en consecuencia la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado en la jurisdicción de Ancón; Que, la Norma IV del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus con- tribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonera- ciones de ellos dentro de su jurisdicción y límites que señala la ley; Que, resulta necesario suprimir lo dispuesto en el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 007-99-A/MDA, corres- pondiente al Arbitrio de Agua y Alcantarillado, cuya Tasa se cobraba por el servicio de aprovisionamiento y distribución domiciliaria del agua a través del sistema de red y el alcantarillado de la misma, por el sistema de desagüe; Estando a los considerandos precedentes y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con el TUO del Códi- go Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Decre- to Legislativo Nº 776 y la Ley Nº 26725 modificatoria del Artículo 69º del D. Leg. Nº 776, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Derógase el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 007-99-A/MDA del 30/4/99. Artículo Segundo.- El Arbitrio de Parques y Jardi- nes Públicos grava la implementación, recuperación y