Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2000 (05/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de noviembre de 2000

Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos US$ 2,880.00 - Tarifas para Uso de Aeropuerto 50.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12720

ADUANAS
Autorizan a procurador formular denuncia penal contra presuntos responsables de la comision de delitos de contrabando, defraudacion de rentas de aduana y contra la fe publica
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001634 Callao, 31 de octubre de 2000 Vistos, el Atestado Nº 040-2000-ADUANAS-PP/UIE del 5.OCT.2000; y, CONSIDERANDO:

SBS
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 795-2000 MORDAZA, 31 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Baluarte Lapeyre para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000. RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Baluarte Lapeyre con el Nº N-3499 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 12680

Que, en virtud de la documentacion alcanzada por la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera mediante Memoranda Nºs. 12-2000-ADUANAS-INFA.12.02.01, 147-2000-ADUANAS/INFA.12.03 y 2312000-ADUANAS-INFA.12.02, se tomo conocimiento de irregularidades detectadas como resultado de la fiscalizacion practicada a las exportaciones realizadas por las empresas MARIA'S EXPORT & IMPORT S.A., INVESA TRADING CO. S.A. y M & K CORPORATION S.A.C. con destino a Miami, USA, y MORDAZA Libre de MORDAZA Panama; habiendose derivado los actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas, para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad, con intervencion de la Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros de MORDAZA, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se concluye que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LOMBARDI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LUME MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA YENQUE ALAMEDA y MORDAZA ATALAYA LAFITTE, son presuntos autores y participes, respectivamente, de la comision de hechos ilicitos, al haberse dedicado, conformando una organizacion delictiva, a realizar exportaciones fraudulentas en cantidades y montos, a nombre de las empresas mencionadas en el considerando precedente, aparentando la produccion y compraventa internacional de prendas de vestir hasta por un monto de US$ 6'119,430.90 dolares americanos, con la finalidad de solicitar y obtener ilegalmente la restitucion de derechos arancelarios hasta por US$ 191,292.50 dolares americanos; hechos ilicitos respecto de los cuales, resultan ser presuntos implicados HEVERICK MORDAZA MORDAZA, Jefe de Exportaciones de la Agencia de Aduana MARIGMAR S.A., y MORDAZA MORDAZA NOMURA MORDAZA, Jefe de Exportaciones de la Agencia de Carga Internacional KINTETSU WORLD EXPRESS DEL PERU S.A., al haber aparentemente facilitado su comision, con su actitud complaciente frente a las evidencias claras de fraude en las exportaciones mediante la doble facturacion y la utilizacion del nombre de personas juridicas cuya representacion legitima no estaba acreditada; Que, los hechos anteriormente descritos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran los delitos de Contrabando y Defraudacion de Rentas de Aduana en la modalidad agravada y Contra la Fe Publica, en agravio del Estado; lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas;

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