Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2000 (05/11/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 194690

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de noviembre de 2000

MITINCI

INTERIOR

Autorizan viaje de representante del Sancionan con suspension a servidoINDECOPI a los EE.UU., para partici- res de la PNP par en reuniones de Coordinacion RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1338-2000-IN/PNP MORDAZA y del Grupo de Negociacion en MORDAZA, 25 de octubre del 2000 Politicas de Competencia del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 165-2000-ITINCI MORDAZA, 4 de noviembre del 2000 Vista la Carta Nº 0719-2000/GEG-INDECOPI de fecha 30 de octubre del 2000, de la Gerencia General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, se llevara a cabo la "X Reunion de Coordinacion MORDAZA y Reunion del Grupo de Negociacion en Politicas de Competencia del ALCA" del 6 al 10 de noviembre del 2000; Que, se ha considerado pertinente la participacion de una representante del INDECOPI en dicha reunion; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual INDECOPI- financiara los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos e impuesto de salida; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27111; el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y el Decreto Ley Nº 25831; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Srta. Joselyn MORDAZA MORDAZA, Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, del 5 al 11 de noviembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje referido en el Articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, seran asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI- de acuerdo al siguiente detalle: Srta. Joselyn MORDAZA Pasajes aereos US$ 477,22 Viaticos US$ 1 320,00 Tarifa Corpac US$ 25,00 ------------TOTAL US$ 1 822,22 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 12717 Visto, el Acta Nº 119-2000-COPEPROAD-PNP de 18-AGO.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a la EC PB PNP (CONTADORA) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (54) CIP Nº 258052; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4972-DIPER-PNP de 14.JUL.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en la DILOGPNP, por la presunta comision de falta disciplinaria (Negligencia en el desempeno de sus funciones), como consecuencia del Examen Especial Nº 27-98-IGPNP/ DIRAUD-E2 practicado en la XII-RPNP-PUNO-SR-ILAVE, SR-PNP-SAN MORDAZA y Subunidades, estableciendose que el Personal PNP de la DICCARLUBDIRLOG-PNP incurrio en presuntas irregularidades en el desempeno de sus funciones, al no haber dado cumplimiento a las normas establecidas y disposiciones del Comando Institucional sobre la administracion de combustibles, encontrandose involucrada la EC mencionada, al no haber reprogramado oportunamente un saldo de combustible a favor de la XII-RPNP-PUNO, situacion que permitio que desde NOV.97 a JUL.98 se acumule en la Planta de Petro Peru - Juliaca a favor de la indicada Region PNP la cantidad de SETENTIOCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CON TREINTA Y CUATRO NUEVOS SOLES (S/. 78,393.34) monto que en su oportunidad fue cancelado por la DIRECOPNP; efectuando la programacion en el mes de SET.98; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo escrito ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada constituye falta grave; sin embargo, merituando el descargo presentado acordo por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial imponerle la sancion de DIEZ (10) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "b" y 28º Inc. "d" del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 119-2000-COPEPROAD-PNP de 18.AGO.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con DIEZ (10) dias de Suspension

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.