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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (05/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 194693 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de noviembre de 2000 Que, mediante Informe Nº 355-98/SBN-DAT, la Di- rección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspección ocular realizada al predio descrito en el primer considerando, manifestando que el mismo está ocupado por la Funda- ción Peruana Cardioinfantil desde comienzos del año 1998; Que, las afectaciones en uso se aprueban mediante Resolución Suprema a favor de las Reparticiones del Estado y de los Concejos Municipales, para el funciona- miento de sus dependencias y/o a favor de instituciones particulares que desempeñen una labor que signifique una colaboración con la función social del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y si- guientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Regla- mento de Administración de la Propiedad Fiscal; Que, siendo la Fundación Peruana Cardioinfantil una institución sin fines de lucro, cuyo objetivo principal es solventar las intervenciones quirúrgicas que requie- ren los niños cardiópatas de escasos recursos económi- cos, resulta procedente autorizar la afectación en uso en vía de regularización, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 011-99-EF; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Resolu- ción Ministerial Nº 153-2000-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el inmueble de 278,55 m2, ubicado en la calle Los Libertadores Nº 690, del distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, a favor de la Fundación Peruana Cardioinfantil para que lo destine a sus fines institucionales. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Artículos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución Suprema, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República MARIA LUISA ALVARADO BARRANTES Ministra de la Presidencia 12710 PESQUERÍA Autorizan viaje de funcionario del IMARPE para participar en el Taller Internacional de Trabajo sobre Variabi- lidad Climática Interanual y Pesquería Pelágica, a realizarse en Nueva Cale- donia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 068-2000-PE Lima, 3 de noviembre de 2000 Visto el Oficio Nº DE-100-233-IMP/PE, del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), del 13 de octubre de 2000.CONSIDERANDO: Que mediante Carta de fecha 21 de setiembre de 2000, el Director del Programa de Entrenamiento del INTERNATIONAL RESEARCH INSTITUTE FOR CLI- MATE PREDICTION (IRI)informó al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), que el biólogo Miguel Ñiquen Carranza, Director (e) de Recursos Pelágicos de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Hi- drobiológicos, ha sido seleccionado para participar en el Taller Internacional de Trabajo sobre Variabilidad Cli- mática Interanual y Pesquería Pelágica, a realizarse en Nouméa, Nueva Caledonia, del 6 al 24 de noviembre de 2000; Que el citado Taller, tiene como objetivos, entre otros, revisar las estrategias para modelar y obser- var los sistemas climáticos y los ecosistemas marinos en relación con la pesquería pelágica, así como veri- ficar las evidencias del impacto del clima en las poblaciones de peces y el uso de informaciones am- bientales en las pesquerías y modelaje de ecosiste- mas; por lo que es conveniente la participación del biólogo Miguel Ñiquen Carranza, en el indicado evento; Que el IRI y el IMARPE, han suscrito un Convenio de Cooperación Científica, cuyas actividades principa- les giran alrededor de la investigación conjunta sobre cambios climáticos y la capacitación de alto nivel del personal del IMARPE; Que con Acuerdo del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) Nº 80-2000-CD/O, adoptado en la Décima Novena Sesión Ordinaria, celebrada el 11 de octubre de 2000, se aprobó la participación del biólogo Miguel Ñiquen Carranza, Director (e) de Recursos Pelá- gicos de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Hidrobiológicos del IMARPE, al Taller antes citado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27212, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053- 84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM, 037- 91-PCM y en el Decreto de Urgencia Nº 058-2000; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del biólogo MIGUEL ÑIQUEN CARRANZA, Director (e) de Recursos Pelági- cos de la Dirección General de Investigaciones de Recur- sos Hidrobiológicos del IMARPE, a la ciudad de Nouméa, Nueva Caledonia, para participar en el Taller Interna- cional de Trabajo sobre Variabilidad Climática Inte- ranual y Pesquería Pelágica, a realizarse del 6 al 24 de noviembre de 2000. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumpli- miento de la presente resolución en lo que respecta a estadía será cubierto por los organizadores, y los demás gastos serán con cargo al Pliego Presupuestal del IMAR- PE, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 2 146,30 - Viáticos US$ 240,00 - Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- Al término del viaje, el citado funciona- rio presentará un Informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Planificación y Presupues- to. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ARTURO HANDABAKA GARCIA Ministro de Pesquería 12709