Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2000 (15/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2000

los efectos de los desastres naturales ocasionaran menores danos; De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 36º y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, y con la dispensa de la Lectura del Acta, se emite la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APRUEBESE el Mapa de Peligro, el Plan de Usos de Suelos y su Reglamento, y el Plan de Mitigacion de efectos de Desastres Naturales, entregados por los Miembros del INADUR y el CEREN a la Municipalidad Provincial de Huarmey, documentos que formaran parte de la presente Ordenanza como Anexos Nºs. 1, 2 y 3 respectivamente. Articulo Segundo.- Prohibase la construccion de viviendas, Asentamientos Humanos y grupos similares en las Zonas Geograficas consideradas como de "ALTO PELIGRO" detalladas en el Anexo 3 de la presente Ordenanza Municipal, las mismas que se encuentran zonificadas como Zonas de Proteccion Ecologica (ZPE) en el Plan de Usos de Suelos. La Municipalidad Provincial de Huarmey no se responsabiliza por los danos y perjuicios que se pudieran ocasionar a los pobladores y viviendas ubicadas en las zonas calificadas de ALTO PELIGRO por efectos de desastres naturales. Articulo Tercero.- Declarese de necesidad y seguridad publica la correcta aplicacion de lo dispuesto por la presente Ordenanza Municipal, encargando a la Division de Desarrollo MORDAZA, la Coordinacion y Supervision del cumplimiento del Plan de Usos de Suelos y de los alcances de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar al MORDAZA Provincial, promulgar las medidas pertinentes y adicionar las observaciones y/o sugerencia recibidas para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar al Sr. MORDAZA, comprometer a todas las autoridades e Instituciones de la provincia al fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA V. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13034

denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de aperturar MORDAZA administrativo disciplinario, de conformidad a lo establecido por el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 101-2000MDNCH de fecha 12-JUNIO-2000 a solicitud del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta administracion le otorgo licencia sin goce de remuneraciones por motivos particulares, por un periodo de noventa (90) dias, a partir del 2-JUNIO-2000; Que, el Jefe de la Oficina de Personal, a traves del Informe Nº 426-00-MDNCH-OA/P de fecha 13SETIEMBRE-2000 informa que habiendo transcurrido y culminado el plazo de noventa dias, otorgado por licencia sin goce de haber, a favor del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo al D. Leg. Nº 276 y su Reglamento; y no habiendose este reincorporado a sus labores dentro del termino de Ley, ha incurrido en lo prescrito por el Inc. k) del Art. 28º de la Ley de Bases de MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por el D. Leg. Nº 276, que senala como falta de caracter disciplinaria: "las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario o mas de treinta dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario"; Que, mediante Informe Legal Nº 398-00-MDNCHOAL de fecha 27-SETIEMBRE-2000 la Oficina de Asesoria Legal opina por que se disponga la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra el servidor MORDAZA MORDAZA CARRANZA; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios a traves del Informe Nº 005-2000-CPPA-MDNCH, sugiere que se proceda a instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haberse incorporado a sus labores al termino de la licencia sin goce de haber, que le fuera otorgada el 2-JUNIO-2000, encontrandose su accionar tipificado en el Art. 28º, Inc. k) del D. Leg. Nº 276, concordante con el Articulo 150º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, estando a lo MORDAZA expuesto, y de conformidad con lo prescrito por los Arts. 163º, 164º, 165º, 166º y 167º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º numerales 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y con cargo a dar cuenta en Sesion de Concejo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURESE MORDAZA Administrativo Disciplinario, por falta administrativa contemplada en el Art. 28º Inc. k) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo Segundo.- DISPONER se notifique la presente Resolucion a la persona indicada en el articulo precedente, de manera personal o mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de 72 horas, contadas a partir del dia siguiente de la expedicion del presente acto resolutivo. Articulo Tercero.- OTORGAR al servidor procesado, un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion o publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para que haga uso de su derecho de descargo conforme a Ley. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios se encargue de proceder conforme a sus atribuciones conferidas de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA OSTOLAZA GANOZA MORDAZA 13036

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE
Inician procedimiento disciplinario a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 219-2000-MDNCH MORDAZA Chimbote, 13 de noviembre de 2000 VISTO: El Informe Nº 005-2000-CPPA-MDNCH de fecha 23OCTUBRE-2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 032-2000MDNCH se conformo la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, encargada de calificar las

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