Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2000 (15/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2000 DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

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"Se aplica derechos antidumping provisionales a las importaciones de bolas de MORDAZA ..." 13061

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Otorgan beneficio especial de condonacion de intereses moratorios y reajuste de deudas tributarias por concepto del Impuesto Predial, Licencia de Funcionamiento y Arbitrios
ORDENANZA Nº 18-2000-MDB Brena, 11 de noviembre de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la MORDAZA parte del Articulo 41º del Codigo Tributario establece que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, es politica de la actual administracion municipal otorgar el MORDAZA de facilidades para que los contribuyentes puedan cancelar su deuda tributaria, en montos que posibiliten su cumplimiento y dentro de los plazos que para el efecto se otorgue; resultando conveniente conceder un Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa, condonando los intereses moratorios y reajustes; asimismo, establecer un descuento especial del monto insoluto de los Arbitrios Municipales; De conformidad a lo expuesto y las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA UN BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE BRENA Articulo 1º.- Otorguese un Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa desde el 13 de noviembre al 22 de diciembre del 2000. Articulo 2º.- El beneficio que aprueba la presente Ordenanza comprende la condonacion de intereses moratorios y reajustes por deudas tributarias vencidas al 13 de noviembre del 2000 y aquellas que se produzcan durante su vigencia, por concepto del Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Juegos, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, Tasa de Licencia de Funcionamiento y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Serenazgo. Articulo 3º.- Dispongase la condonacion del 100% del monto de las multas tributarias; asimismo, el 90% del monto de las multas administrativas que se hayan impuesto o que se impongan durante la vigencia de la

SUNAT
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 111-2000/SUNAT Mediante Oficio Nº 185-2000-C00000 la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 111-2000/SUNAT, publicada en nuestra edicion del dia 3 de noviembre de 2000, en la pagina 194642. Articulo 8º.- LA PRENDA CON ENTREGA JURIDICA DICE: 8.5 Cuando el deudor opte por sustituir la prenda otorgada por otra prenda o por una garantia distinta, debera previamente formalizar la garantia correspondiente a fin de proceder al levantamiento de la misma. La sustitucion a la que se refiere el presente numeral podra efectuarse luego de transcurridos seis (6) meses de la fecha de formalizacion de la hipoteca. DEBE DECIR: 8.5 Cuando el deudor opte por sustituir la prenda otorgada por otra prenda o por una garantia distinta, debera previamente formalizar la garantia correspondiente a fin de proceder al levantamiento de la misma. La sustitucion a la que se refiere el presente numeral podra efectuarse luego de transcurridos seis (6) meses de la fecha de formalizacion de la prenda. 13091 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 116-2000/SUNAT Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 116-2000/SUNAT, publicada en nuestra edicion del dia 8 de noviembre de 2000, en la pagina 194772. Articulo 1º.- OBJETO DE LA RESOLUCION DICE: La presente Resolucion de Superintendencia establece el procedimiento de redondeo a ser utilizado para la determinacion de los montos a devolver por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, en los casos indebidos o en exceso. DEBE DECIR: La presente Resolucion de Superintendencia establece el procedimiento de redondeo a ser utilizado para la determinacion de los montos a devolver por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, en los casos de pagos indebidos o en exceso. 13092

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