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Pág. 195121 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de noviembre de 2000 Otorgan autorización de generación de energía eléctrica térmica para consumo propio a Pesquera Rubí S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 389-2000-EM/VME Lima, 11 de octubre de 2000 Visto, el Expediente Nº 33112600, que incluye los documentos con Registro Nºs. 1293569 y 1294298, sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por PESQUERA RUBÍ S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11016273 de la Oficina Registral de Lima y Callao. CONSIDERANDO: Que, PESQUERA RUBÍ S.A., ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléc- trica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Térmica RUBÍ de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 3,60 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requi- sitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM, ha emitido el Informe favorable Nº 174-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido a PESQUERA RUBÍ S.A. que se identificará con Código Nº 33112600, para desarrollar actividades de ge- neración de energía eléctrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Térmica RUBÍ, de propiedad de la empresa solicitante, que operará en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, con una capacidad instalada de 3,60 MW. Artículo 2º.- La empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patri- monio Cultural de la Nación; así como a remitir la informa- ción estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 12138 MITINCI Autorizan viaje de viceministro para participar en reuniones sobre comer- cio e integración, a realizarse en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2000-ITINCI Lima, 17 de noviembre del 2000CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Washington - Estados Unidos de América se desarrollará del 20 al 22 de noviembre del 2000, la "Reunión de la Red de Comercio e Integración de las Américas" y la "Reunión de Representantes de Comer- cio de los Estados Unidos de América" - USTR que se realizarán en la sede del Banco Interamericano de Desa- rrollo - BID; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de un representante del Ministerio de In- dustria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 058-2000, los Decretos Supremos Nº 053-84- PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM y la Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Wa- shington D.C. - Estados Unidos de América del 19 al 23 de noviembre del 2000 del señor Alfredo Ferrero Diez Can- seco, Viceministro de Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, para que en representación del Ministerio, asista y participe en las reuniones señala- das en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SR. ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO Pasajes US$ 1,092.00 Viáticos US$ 880.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 13237 INTERIOR Inician procedimiento disciplinario a ex subprefectos de la provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1415-A-2000-IN/0901 Lima, 27 de octubre del 2000 Vista el Acta Nº 020-2000-IN-1300 del 25 de octu- bre del 2000 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del In- terior en relación a la instauración de proceso admi-