Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2000 (19/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 19 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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PESQUERIA
Otorgan permiso de pesca a Siete Mares S.A.C. para operar embarcacion de bandera japonesa en la extraccion del recurso calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 265-2000-PE/DNE MORDAZA, 17 de noviembre del 2000 Visto el expediente de registro Nº CE-00260003 con escrito del 14 de noviembre del 2000, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. representante legal en el Peru del armador japones MASUTOMI SUISAN KABUSHIKI KAISHA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE del 31 de octubre del 2000, se establecio un regimen especial para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) el que tendra vigencia desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre del 2000. El esfuerzo de pesca por embarcacion calamarera para el presente Regimen Especial, sera hasta un MORDAZA de captura nominal de 600 TM/mes permitiendose una tolerancia del 5%; en este regimen no son de aplicacion los numerales 6.4.1, 6.5.1 y 7, del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por ResoEMBARCACION "YUKO MARU Nº 11" T.N. INTERN 349 CAPAC. DE ALMAC. (M3) 1,091.89

lucion Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera "YUKO MARU Nº 11" de 349 TN, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 3702000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 0102000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98PE y 156-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 289-2000PE, el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones MASUTOMI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. SISTEMA DE PRESERV. CONGELADO ARTE DE PESCA POTERA VIGENCIA DEL PERMISO DE PESCA 22.11.2000 AL 22.12.2000

INDICATIVO INTERNAC. JBQO

Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo precedente esta sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resolucion Ministerial Nº 271-98-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE que establece el regimen especial para la extraccion comercial del calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 3º.- La eficacia de la presente Resolucion y el inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera calamarera citada en el Articulo 1º de la presente Resolucion, esta condicionada a la entrada en vigencia

del permiso de pesca y la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, despues de efectuada la inspeccion tecnica correspondiente y de la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 13215 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 067-96-PE del 31 de enero de 1996, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a los recurrentes para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CESAR" con matricula Nº IO-5243-CM, de 105 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que de otra parte, por Resolucion Ministerial Nº 33699-PE del 2 de diciembre de 1999, se dejo sin efecto el permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MARCO ANTONIO" con matricula Nº IO-5298-CM otorgado por Resolucion Ministerial Nº 067-96-PE para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, excluyendola del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE y del Anexo III de la

Otorgan autorizacion de incremento de flota y permiso de pesca a armadores para operar embarcaciones en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 266-2000-PE/DNE MORDAZA, 17 de noviembre del 2000 Visto el expediente de Registro Nº CE-00046002 con escritos del 31 de enero, 23 de febrero, 29 de marzo, 1 de junio, 7 de agosto, 29 de setiembre y 19 de octubre del 2000, presentados por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE GUTIEREZ y MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAZALAR;

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