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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (11/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 192387 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de setiembre de 2000 Que, adicionalmente, sin perjuicio del pronuncia- miento respecto a las antinomias existentes entre el Régimen regulado por la Ley Nº 26878 y el establecido en la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, la inobservancia ha dado como resultado que la Resolución de Alcaldía Nº 175-2000 AL/MDSMP haya sido emitida prescindiendo de las normas esenciales del procedimien- to señaladas en la normatividad vigente, por lo que la misma debe dejarse sin efecto; Estando a lo informado por la Dirección de Habilita- ciones Urbanas, mediante Informe Nº 0101 - 2000 - MML - DMDU - DHU - DCO e Informe Nº 129-00-MML-DMDU- DHU-AL; En ejercicio de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Supre- mo Nº 02-94-JUS y de las normas sobre Habilitación Urbana, estando a lo opinado por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y la Oficina General de Asuntos Jurídicos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolu- ción de Alcaldía Nº 175-2000-AL/MDSMP expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y en consecuencia OBSERVAR Y TENER POR NO RATIFI- CADA la Habilitación Urbana aprobada por dicha Reso- lución, por no cumplir con la normatividad vigente, contraviniendo las disposiciones de la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Ley Nº 26878 sus modificato- rias, al no haber cumplido con remitir a esta Corpora- ción para su revisión, todos los antecedentes adminis- trativos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Muni- cipal de Desarrollo Urbano, disponga las acciones necesa- rias a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolución, conforme a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Reso- lución de Alcaldía sea publicada en el Diario Oficial El Peruano para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- REMITIRla documentación que co- rresponda a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para efectos del trámite correspondiente de adecua- ción y/o subsanación, haciendo de conocimiento a la Oficina Registral de Lima y Callao y a las partes interesadas, de lo resuelto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 10370 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 6421 Lima, 7 de junio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA VISTOS; el Oficio Nº 107-2000-SG/MDSMP, recepcio- nado mediante Documento Codificado Nº 000006407-2000, del 10 de febrero de 2000; CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 107-2000-SG/MDSMP, la Municipa- lidad Distrital de San Martín de Porres remite copia de la Resolución de Alcaldía Nº 1665-99-AL/MDSMP, donde se declara PROCEDENTE la RECEPCION DE OBRAS DE LA HABILITACION URBANA PARA USO RESIDEN- CIAL DE DENSIDAD MEDIA R-4, DE LA ASOCIACION DE VIVIENDA MIGUEL GRAU - ZONA SUR, de acuerdo al plano signado con el Nº 023-00-MDSMP/DODU-DO- PHU, del terreno de 88,117.7741 m2 (ochentiocho mil ciento diecisiete metros cuadrados y siete mil setecientos cuarentiuno milímetros cuadrados), constituido por la acumulación de áreas de las parcelas Nºs. 10315, y 10317, ubicado en el ex Fundo Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, y en conse- cuencia autoriza la libre adjudicación de los lotes que la constituyen, de conformidad la Ley General de Habilita-ciones Urbanas Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98- MTC; Que, de la revisión de la Resolución de Alcaldía Distrital emitida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, se aprecia que no se ha cumplido con remitir a esta Corporación, para su revisión todos los antecedentes admi- nistrativos; Que, la Resolución de Alcaldía Nº 1665-99-AL/MDSMP, se sustenta en la Ley Nº 26878 y su modificatoria Ley Nº 27135, las mismas que establecen la obligación de la Muni- cipalidad Distrital de remitir a la Municipalidad Provincial copia del expediente técnico correspondiente; requisito que en el presente caso no se ha cumplido; Que, la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, dispone en su Artículo 5º, que las Municipalidades Distrita- les de la provincia de Lima, tienen competencia para conocer y aprobar las solicitudes de habilitación con fines de vivienda, previa delegación de competencia por parte de la Municipalidad Provincial, requisito que no ha cumplido la Municipalidad de San Martín de Porres; Que, esta Municipalidad Provincial viene avocándose al conocimiento del Procedimiento de Habilitación Urbana seguido por la ASOCIACION DE VIVIENDA MIGUEL GRAU, iniciado mediante Expediente Nº 206767-92, el que se encuentra en etapa de Aprobación de Proyectos, contan- do en la actualidad con Acuerdo Nº 03 tomado en Sesión Nº 20-97 del 30 de mayo de 1997, expedido por la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, que aprueba la Renovación de los Estudios Preliminares, el Reajuste en Vías de Regularización del Trazado y Lotización; habiendo quedado pendiente el redimir en dinero el dificit aportes para Recreación Pública y del Ministerio de Educación que a la fecha no ha sido cumplido o hecho de conocimiento a esta organización municipal; Que, adicionalmente, sin perjuicio del pronunciamiento respecto a las antinomias existentes entre el Régimen regulado por la Ley Nº 26878 y el establecido en la Ordenan- za Nº 133 del 19 de diciembre de 1997-MML, la inobservan- cia ha dado como resultado que la Resolución de Alcaldía Nº 1665-99-AL/MDSMP haya sido emitida prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento señaladas en el Artículo 43º del D.S. Nº 002-94 y demás normatividad vigente, contraviniendo el interés público, por lo que la misma debe dejarse sin efecto, no siendo de aplicación por ello el silencio administrativo positivo; Estando a lo informado por la Dirección de Habili- taciones Urbanas, mediante Informe Nº 0057-2000-MML- DMDU-DHU-DCO e Informe Nº 073-00-MML-DMDU-DHU- AL; En ejercicio de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y de las normas sobre Habilitación Urbana, estando a lo opinado por la Dirección Municipal de Desarro- llo Urbano y la Oficina General de Asuntos Jurídicos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolu- ción de Alcaldía Nº 1665-99-AL/MDSMP expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y en consecuencia OBSERVAR Y TENER POR NO RATIFICA- DA la Habilitación Urbana aprobada por dicha Resolución, por no cumplir con la normatividad vigente, contraviniendo las disposiciones de la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Ley Nº 26878 y Nº 27135, al no haber cumplido con remitir a esta Corporación, para su revisión, todos los antecedentes admi- nistrativos, así como contravenir el interés público. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Muni- cipal de Desarrollo Urbano, disponga las acciones necesa- rias a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolución, conforme a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Reso- lución de Alcaldía sea publicada en el Diario Oficial El Peruano para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- REMITIR la documentación que co- rresponda a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para efectos del trámite correspondiente, haciendo de conocimiento a la Oficina Registral de Lima y Callao y a las partes interesadas, de lo resuelto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplas e. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 10356