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Pág. 208486 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de agosto de 2001 Autorizan viaje de representantes del Ministerio e Indecopi a Panamá para participar en reuniones de coordina- ción andina y de grupos de negocia- ción en el marco del ALCA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2001-ITINCI Lima, 8 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Panamá-República de Panamá, se realizará el día 12 de agosto del 2001 la Reunión de Coordinación Andina y del 13 al 15 de agosto del 2001 se llevará a cabo la "XIII Reunión del Grupo de Negociación sobre Compras del Sector Público del ALCA", en el marco del Area de Libre Comercio de las Américas; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internaciona- les; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96- ITINCI/DM, modificada con Resolución Ministerial Nº 077-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Pana- má-República de Panamá del 12 al 16 de agosto del 2001 de la señorita Marcela Zea Barreto, para que en repre- sentación del Ministerio, asista y participe en las reunio- nes señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SRTA. MARCELA ZEA BARRETO Pasajes US$ 401.20 Viáticos US$ 800.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 28898 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 176-2001-ITINCI Lima, 8 de agosto de 2001CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Panamá-República de Panamá, se realizará el día 13 de agosto del 2001 la Reunión de Coordinación Andina y del 14 al 17 de agosto del 2001 se llevará a cabo la "XIII Reunión del Grupo de Negociación sobre Servicios" del ALCA, en el marco del Area de Libre Comercio de las Américas; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internaciona- les; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96- ITINCI/DM, modificada con Resolución Ministerial Nº 077-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Pana- má-República de Panamá del 13 al 17 de agosto del 2001 de la señorita Liliana Honorio Malásquez, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les, asista y participe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SRTA. LILIANA HONORIO MALASQUEZ Pasajes US$ 401.20 Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 28899 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2001-ITINCI Lima, 8 de agosto de 2001 Vista la Carta Nº 435-2001/GEG-INDECOPI de fecha de 26 de julio del 2001, de la Gerencia General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Panamá, Panamá, se llevará a cabo la Reunión de Coordinación Andina y la XI Reunión del Grupo de Negociación de Propiedad Intelectual del ALCA del 21 al 24 de agosto del 2001; Que, el Presidente de la Sala de Propiedad Intelec- tual del Tribunal del INDECOPI participará en dichas reuniones;