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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (09/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 208488 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de agosto de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar a la señora abogada MARIA LILA IWASAKI CAUTI, como Secretaria General del Ministerio de Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 28951 Autorizan a diversas instituciones fun- cionar como centros de conciliación con sedes en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 189-2001-JUS Lima, 2 de agosto de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 7727- 2001, de fecha 5 de abril de 2001, de la asociación civil Asociación Marca & Barrera; CONSIDERANDO: Que la asociación denominada Asociación Marca & Barrera, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conci- liación denominado "Marca & Barrera", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de Inspección Ocular de fecha 9 de julio de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 770-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación denomi- nada Asociación Marca & Barrera; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación denomina- da Asociación Marca & Barrera, a funcionar como Cen- tro de Conciliación, denominado "Marca & Barrera", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 28794RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 190-2001-JUS Lima, 2 de agosto de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 7234- 2001, de fecha 29 de marzo de 2001, de la asociación civil Centro de Conciliación Tu Opción Legal; CONSIDERANDO: Que la asociación Centro de Conciliación Tu Opción Legal, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conci- liación denominado "Tu Opción Legal", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de Inspección Ocular de fecha 27 de junio de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 768-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación Centro de Conciliación Tu Opción Legal; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Centro de Conciliación Tu Opción Legal, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado "Tu Opción Legal", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 28795 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 191-2001-JUS Lima, 2 de agosto de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 09839, de fecha 4 de mayo de 2001, de la asociación Centro de Conciliación Privado Faracco & Asociados; CONSIDERANDO: Que la asociación Centro de Conciliación Privado Faracco & Asociados, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conci- liación denominado "FARACCO & ASOCIADOS" con sede en la ciudad de Lima;