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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de enero de 2001 AÑO XIX - Nº 7520 Pág. 197633Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27408 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE EST ABLECE LA ATENCIÓN PREFERENTE A LAS MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADUL TOS MA YORES, EN LUGARES DE A TENCIÓN AL PÚBLICO Artículo único .- Objeto de la ley Dispóngase que en los lugares de atención al público las mujeres embarazadas, las niñas, niños, las perso- nas adultas mayores y con discapacidad, deberán ser atendidas y atendidos preferentemente. Asimismo, los servicios y establecimientos de uso público de carácter estatal o privado deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado para las mismas. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de enero de dos mil uno. CARLOS FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 16902AGRICULTURA Prorrogan reserva de agua a favor del Proyecto Especial "Río Cachi" del INADE DECRETO SUPREMO Nº 004-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-99-AG, se prorrogó hasta el 2 de diciembre del año 2000, los alcances del Decreto Supremo Nº 53-94-AG, a favor del Proyecto Especial "Río Cachi" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, el volumen anual disponible de hasta 314.164 millones de metros cúbicos (MMC) de las aguas del río Cachi y sus afluentes; Que, mediante Oficio Nº 1231-2000-INADE-7201 el Director Ejecutivo del Proyecto Especial "Río Cachi" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE solicita la prórroga de la reserva de agua, para el Proyecto Especial "Río Cachi" por un volumen anual disponible de hasta 314.164 MMC. de las aguas del río Cachi y afluentes, que fueron consignadas en el Decreto Supremo Nº 003-99-AG; Que, según Informe Técnico Nº 029-2000-CTAR-AYAC- DRA/ATDRA, el Administrador Técnico del Distrito de Riego Ayacucho manifiesta que las obras en ejecución del Proyecto Río Cachi tienen un 74% de avance físico y considera procedente atender la prórroga de la reserva de las aguas del río Cachi y sus afluentes solicitada por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial "Río Cachi"; De conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III del Decreto Ley Nº 17752 - Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, del 12 de diciembre de 1969, las reservas de agua que establezca el Estado tendrán vigencia durante dos (2) años, renovables, cuando existan razones técnicas o planes específicos que así lo justifiquen; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 003-99-AG, por el siguiente: "Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 2 de diciembre del año 2002, a favor del Proyecto Especial "Río Cachi", del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, la reserva de agua procedente del río Cachi y afluentes, por el volu- men anual disponible de hasta 314.164 millones de metros cúbicos (MMC)." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 16904