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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2001 (24/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 197634 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de enero de 2001 Prorrogan reserva de agua a favor del Proyecto Especial "Chavimochic" del INADE DECRETO SUPREMO Nº 005-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 016-99-AG, se prorro- gó hasta el 30 de agosto del año 2000, los alcances del Decreto Supremo Nº 30-94-AG, a favor del Proyecto Especial "Chavimochic" del Instituto Nacional de Desa- rrollo - INADE, el volumen anual disponible de hasta 1,583 millones de metros cúbicos (MMC) de las aguas del río Santa; Que, mediante Oficio Nº 2952-2000-INADE-8301 el Director Ejecutivo del Proyecto Especial "Chavimochic" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE solicita la prórroga de la reserva de agua, para el Proyecto Especial "Chavimochic" por un volumen anual de hasta 1,583 MMC. de las aguas del río Santa, que fueron consignadas en el Decreto Supremo Nº 016-99-AG; De conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III del Decreto Ley Nº 17752 - Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, del 12 de diciembre de 1969, las reservas de agua que establezca el Estado tendrán vigencia durante dos (2) años, renovables, cuando existan razones técnicas o planes específicos que así lo justifiquen; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 016-99-AG, por el siguiente: "Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 30 de agosto del año 2002, a favor del Proyecto Especial "Chavimochic", del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, la reser- va de agua procedente del río Santa, por el volumen anual disponible de hasta 1,583 millones de metros cúbicos (MMC), por corresponderle." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 16905 Aprueban plano definitivo y memoria descriptiva de tierras eriazas de libre disponibilidad ubicadas en el distrito de Tambogrande, provincia de Piura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2001-AG Lima, 23 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que es política de Gobierno promover el incremento de la producción y productividad agraria, entre otras,mediante el incentivo y promoción de las inversiones del Sector Privado en la ampliación de la frontera agrícola, habilitando terrenos eriazos de dominio públi- co; Que el Artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, establece que la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI es la encargada de vender u otorgar en concesión las tierras eriazas de dominio del Estado en subasta pública; Que a mérito de la solicitud de verificación de libre disponibilidad presentada al amparo del procedimiento establecido, mediante Resolución Ministerial Nº 518- 97-AG, la Dirección Regional Agraria Piura ha verifica- do la existencia y libre disponibilidad de 178.00 ha. de terrenos eriazos ubicados en el distrito de Tambogran- de, provincia de Piura, departamento de Piura, el mis- mo que independizado de un área de mayor extensión, se encuentra inscrito a favor del Ministerio de Agricul- tura, en la partida registral Nº 098845 en la Oficina Registral Regional Grau; Que en tal sentido, se ha elaborado el plano corres- pondiente que debe ser aprobado por Resolución Supre- ma, conforme lo establece el Artículo 12º del Decreto Supremo Nº 011-97-AG, al no haberse formulado oposi- ción alguna en el plazo que señala el Artículo 11º de la norma citada; Que, en consecuencia es necesario poner a disposi- ción de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI las citadas áreas conforme al plano y memoria descriptiva correspondiente, a fin de derivar- las al sector privado, para el cumplimiento de los fines señalados, de conformidad con el Artículo 2º, numeral 7) de la Resolución Ministerial antes indicada; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo Nº 560 y Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el plano definitivo y memoria descriptiva de 178.00 ha. de tierras eriazas de libre disponibilidad ubicadas en el distrito de Tambogrande, provincia y departamento de Piura, que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir los actuados a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, a fin de que, garantizando la efectiva inversión privada, proce- da a la venta o concesión de las tierras indicadas en el artículo precedente, mediante subasta pública en el más breve plazo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 16911 Designan Directores Regionales de Agricultura de Ayacucho y Junín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2001-AG Lima, 23 de enero de 2001 VISTA: la renuncia presentada por el Director Regio- nal de Agricultura de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Suprema Nº 142- 2000-AG de fecha 27 de diciembre de 2000, se designó