Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2001 (18/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7545

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 198947

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

MORDAZA, MORDAZA 18 de febrero de 2001

EDUCACION
Sustituyen articulo del Reglamento de la Ley de Nombramiento de Profesores Contratados al Servicio del Estado para su Ingreso a la MORDAZA Publica
DECRETO SUPREMO Nº 009-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27382 se autorizo al Ministerio de Educacion a nombrar a los profesores del Sector Publico que a la fecha de la vigencia de la citada Ley se encontraban laborando en la condicion de contratados, en plazas organicas presupuestadas, en los niveles y modalidades de Educacion Inicial, Especial, Primaria, Secundaria de Menores, de Adultos y Ocupacional en toda la Republica; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2001-ED se aprobo el Reglamento de la Ley descrita en el parrafo precedente; Que, el Articulo XIX del Acuerdo suscrito entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru aprobado por Decreto Ley Nº 23211, dispuso que para el nombramiento civil de los profesores de Religion Catolica de los centros educacionales publicos en los que se imparte como materia ordinaria la ensenanza religiosa, se requiere de la MORDAZA del MORDAZA respectivo, el cual podra ser mantenido en su cargo mientras goce de la aprobacion del Obispo; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, mediante Resolucion Ministerial Nº 651-2000-ED se amplio el requisito de aprobacion por parte del MORDAZA u Ordinario del lugar, al acceso a cargos directivos, jerarquicos, docentes y administrativos de los Centros Educativos de Accion Conjunta o en Convenio; Que, siendo la Resolucion Ministerial Nº 651-2000ED una MORDAZA de inferior jerarquia al MORDAZA mencionado Decreto Ley Nº 23211 y habiendo excedido los alcances del Acuerdo suscrito entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru, resulta necesario adecuar en lo que corresponda, el inciso f) del Articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27382, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2001-ED; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituir el literal f) del Articulo 12º del Reglamento de la Ley de Nombramiento de Profesores Contratados al Servicio del Estado para su ingreso a la MORDAZA Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062001-ED, por el siguiente texto: "f) Original de la propuesta escrita por el Director del Centro Educativo o el representante legal de la Entidad Promotora que tenga convenio con el Ministerio de Educacion, para los docentes que postulen en las plazas de dichos Centros Educativos, cuando el convenio asi lo autorice." Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 651-2000-ED. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 18460

ENERGIA Y MINAS
Modifican servidumbres de electroducto y de MORDAZA pertenecientes a empresa electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 042-2001-EM/VME MORDAZA, 29 de enero de 2001 VISTO: el Expediente Nº 21107300 organizado por la concesionaria Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la modificacion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision 220 kV S.E. Chimbote 1 - S.E. Paramonga Nueva - S.E. Zapallal, en los siguientes tramos: T8-T39 (Zona Chimbote), T115-T134 (Zona Casma), T310-T396 (Zona Huarmey) y T851-877 (Zona Ancon), ubicadas en las provincias de MORDAZA, Casma y Huarmey del departamento de MORDAZA y la provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994, se otorgo a favor de ETECEN concesion definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica, con la linea de transmision 220 kV S.E. Zapallal - S.E. Paramonga Nueva - S.E. Chimbote 1 de una (1) terna, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 033-94; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 107-2000-EM de fecha 7 de diciembre del 2000, se modifico dicha concesion por la variacion del recorrido de algunos tramos de la Linea de Transmision y por la instalacion en la misma de la MORDAZA terna; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 272-95-EM/ VME del 10 de octubre de 1995, se impuso en via de regularizacion a favor de ETECEN, servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision 220 kV S.E. Chimbote 1 - S.E. Paramonga Nueva S.E. Zapallal; Que, con fecha 16 de febrero del 2000, la empresa concesionaria solicita la modificacion de las Servidumbres referidas en el considerando que antecede por variacion del recorrido de la mencionada Linea de Transmision, en los siguientes tramos: T8-T39 (Zona Chimbote), T115T134 (Zona Casma), T310-T396 (Zona Huarmey) y T851877 (Zona Ancon); Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administra-

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