Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2001 (27/06/2001)


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MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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tos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion a fin de iniciar las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- REMITIR a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 25946 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 284-2001-ED MORDAZA, 22 de junio de 2001 Vistos, el Oficio Nº 541-2001-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 204592001 y demas documentos que se acompanan; CONSIDERANDO: Que, el Organo de Auditoria Interna de la Direccion Regional de Educacion del MORDAZA, ha emitido el Informe Nº 003-DRE-C/DOAI-2000 y el Informe Ampliatorio Nº 14DRE-C/DOAI-2000, de los cuales se desprende que don MORDAZA MOREANO MORDAZA, profesor del Centro Educativo Nº 50820 "General Ollanta" del MORDAZA, con el objeto de obtener un beneficio economico indebido por supuesto derecho de subsidio por luto y gastos de sepelio, habria introducido al trafico juridico documentacion falsa; Que, los referidos hechos denotan la existencia de indicios razonables de la comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en General en agravio del Estado, previsto y penado por el Articulo 427º del Codigo Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA de Auditoria Gubernamental - NAGU 4.50, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG, sustituida por Resolucion de Contraloria Nº 259-2000-CG, cuando en la ejecucion de la accion de control se evidencien indicios razonables de comision de delito, la Comision Auditora, en cautela de los intereses del Estado, sin perjuicio de la continuidad de la respectiva accion de

control, emitira con la celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento tecnico y legal, para que se efectuen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, son atribuciones del Sistema, considerar que los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitido por cualquier organo del Sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia es pertinente autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion a fin de iniciar las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA MOREANO MORDAZA y los que resulten responsables, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- REMITIR a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 25947 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 285-2001-ED MORDAZA, 22 de junio de 2001 Vistos, el Oficio Nº 447-2001-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 162752001 y demas documentos que se acompanan; CONSIDERANDO: Que, el Organo de Auditoria Interna de la Unidad de Servicios Educativos de Lucanas - Puquio, ha emitido los Informes Especiales Legales Nº 003-2000-ME-CTARDREA-DUSEL-OAI-P y su Ampliatorio Nº 008-2000DREA-DUSEL-OAI, mediante los cuales se desprende que MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANEZ, profesora que laboro como contratada en la Escuela de Educacion Primaria de Menores Nº 22514 de Trigal, con el objeto de obtener un beneficio economico indebido por supues-

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