Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2001 (27/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2001

NORMAS LEGALES
R

Pag. 205155

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

CONSUCODE

COMUNICADO Nº 012-2001-(PRE)
Aplicacion de causales de exoneracion para la realizacion de procesos de seleccion en zonas afectadas por el terremoto en el sur del MORDAZA
1. Ante la ocurrencia del terremoto que afecto los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de MORDAZA, el sabado 23 de los corrientes, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE se solidariza con los damnificados y acompana en su dolor a los deudos de las victimas del fenomeno natural. 2. Asimismo, pone en conocimiento de las Entidades del Estado con domicilio o que cuenten con organos desconcentrados en las zonas afectadas, que las adquisiciones y contrataciones que requieran realizar, con el proposito de remediar los efectos del movimiento sismico referido y/o para continuar con sus actividades normales, en caso existiera ausencia extraordinaria e imprevisible de los bienes y servicios requeridos provocada por el aludido movimiento telurico, pueden hacerse efectivas mediante la aplicacion de las causales de exoneracion contempladas en el inciso c) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo No. 012-2001-PCM, a traves de un procedimiento de seleccion de menor cuantia, segun lo establecido en el Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo No. 013-2001-PCM. 3. En ese sentido, las adquisiciones y contrataciones que realicen las Entidades en virtud de la situacion de emergencia y de urgencia deberan realizarse con autorizacion del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda, mediante Resolucion; en el caso de empresas del Estado y de empresas municipales, mediante Acuerdo de Directorio y, en el caso de Gobiernos Locales, a traves de Acuerdo de Concejo Municipal. Los indicados instrumentos deberan contar con un informe tecnico legal sobre la procedencia de la exoneracion en razon al desastre natural ocurrido. 4. Los instrumentos referidos deberan ser publicados en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su emision o adopcion, segun corresponda. Asimismo, dentro de igual plazo, debera remitirse a la Contraloria General de la Republica MORDAZA de dichas resoluciones o acuerdos y el informe que los sustenta. 5. Las Entidades indicadas en el numeral 2 del presente Comunicado podran realizar las adquisiciones y contrataciones que requieran indistintamente mediante las causales de situacion de emergencia o urgencia. 6. Para mayor informacion o precision, las Entidades interesadas pueden comunicarse a la central telefonica del CONSUCODE, que corresponde al numero 462-1111, anexos 239, 259 y 260, cuyo staff de profesionales atenderan sus consultas y la remision de modelos que requieren. Asimismo, CONSUCODE efectuara directamente comunicaciones telefonicas para ofrecer orientacion. 7. CONSUCODE formula votos para que los dificiles momentos que viven nuestros compatriotas en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de MORDAZA MORDAZA superados con el apoyo solidario de quienes presten su colaboracion. MORDAZA, junio del 2001

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.