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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (27/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 205155 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de junio de 2001 REPUBLICADELPERU Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE COMUNICADO Nº 012-2001-(PRE) Aplicación de causales de exoneración para la realización de procesos de selección en zonas afectadas por el terremoto en el sur del país 1. Ante la ocurrencia del terremoto que afectó los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el departamento deAyacucho, el sábado 23 de los corrientes, el Consejo Superior de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado – CONSUCODE se solidariza con los damnificados y acompañaen su dolor a los deudos de las víctimas del fenómeno natural. 2. Asimismo, pone en conocimiento de las Entidades del Estado con domicilio o que cuen- ten con órganos desconcentrados en las zonas afectadas, que las adquisiciones y con-trataciones que requieran realizar, con el propósito de remediar los efectos del movimien-to sísmico referido y/o para continuar con sus actividades normales, en caso existieraausencia extraordinaria e imprevisible de los bienes y servicios requeridos provocadapor el aludido movimiento telúrico, pueden hacerse efectivas mediante la aplicación delas causales de exoneración contempladas en el inciso c) del artículo 19 del Texto UnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo No. 012-2001-PCM, a través de un procedimiento de selección demenor cuantía, según lo establecido en el Reglamento de dicha Ley, aprobado por De-creto Supremo No. 013-2001-PCM. 3. En ese sentido, las adquisiciones y contrataciones que realicen las Entidades en virtud de la situación de emergencia y de urgencia deberán realizarse con autorización delTitular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa, según corresponda, medianteResolución; en el caso de empresas del Estado y de empresas municipales, medianteAcuerdo de Directorio y, en el caso de Gobiernos Locales, a través de Acuerdo de Con-cejo Municipal.Los indicados instrumentos deberán contar con un informe técnico legal sobre la proce-dencia de la exoneración en razón al desastre natural ocurrido. 4. Los instrumentos referidos deberán ser publicados en el Diario Oficial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su emisión o adopción, según corresponda.Asimismo, dentro de igual plazo, deberá remitirse a la Contraloría General de la Repúbli-ca copia de dichas resoluciones o acuerdos y el informe que los sustenta. 5. Las Entidades indicadas en el numeral 2 del presente Comunicado podrán realizar las adquisiciones y contrataciones que requieran indistintamente mediante las causales desituación de emergencia o urgencia. 6. Para mayor información o precisión, las Entidades interesadas pueden comunicarse a la central telefónica del CONSUCODE, que corresponde al número 462-1111, anexos 239,259 y 260, cuyo staff de profesionales atenderán sus consultas y la remisión de modelosque requieren. Asimismo, CONSUCODE efectuará directamente comunicaciones telefó-nicas para ofrecer orientación. 7. CONSUCODE formula votos para que los difíciles momentos que viven nuestros compa- triotas en los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y provincias de Parinacochasy Páucar del Sara Sara en el departamento de Ayacucho sean superados con el apoyosolidario de quienes presten su colaboración. Lima, junio del 2001