Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2001 (21/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
PCM
Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 34902

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"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2001 ANO XIX - Nº 7822

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Aprueban Addenda al Convenio PER/ 01/023 "Comision de la Verdad y Reconciliacion" suscrito con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
RESOLUCION SUPREMA Nº 597-2001-PCM MORDAZA, 20 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 470-2001PCM, se aprueba el Convenio PER/01/023 "Comision de la Verdad y Reconciliacion", suscrito entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo; Que, de conformidad con la Clausula 1.7 del mencionado Convenio se dispuso que el Gobierno Peruano realizaria un aporte de S/. 919,300.00 (Novecientos diecinueve mil trescientos y 00/100 nuevos soles) que seria considerado como "costo compartido", entendiendose bajo ese concepto, el financiamiento de fuente financiera diferente de PNUD. A su vez conforme a lo dispuesto en la Clausula 1.8 del mismo Convenio se dispuso que el Proyecto PER/01/ 023 recibiria durante el 2002, montos del Tesoro Publico, adicionales al monto anteriormente senalado, sin considerar la posibilidad de recibir "costos compartidos" adicionales para ser utilizados hasta el 31 de diciembre del 2001; Que, mediante Decreto Supremo Nº 208-2001-EF del 19 de octubre del 2001, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto para el ano fiscal 2001 por S/. 1 500,000.00 (Un millon quinientos mil y 00/100 Nuevos Soles) destinadas al esclarecimiento de los hechos de violencia terrorista y a las graves violaciones a los derechos humanos, asi como para crear las condiciones para la reconciliacion nacional fundadas en la justicia; Que, en tal sentido, es pertinente modificar las Clausulas 1.7 y 1.8 del Convenio PER/01/023 "Comision de la Verdad y la Reconciliacion", aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 470-2001-PCM, a fin de incorporar la transferencia de partidas dispuesta por el Decreto Supremo Nº 208-2001-EF, asi como establecer la financiacion del referido proyecto durante los ejercicios presupuestales 2002 y 2003, con el fin de ampliar los recursos de "costos compartidos" de dicho proyecto; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 909; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio PER/01/023 "Comision de la Verdad y Reconciliacion", suscrito entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra representante legal de empresa por presunta comision de delitos en agravio del CONSUCODE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 216-2001-PCM MORDAZA, 12 de noviembre de 2001 Visto, el Oficio Nº A-0578-2001(PRE) de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26.8.99 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidaure MORDAZA, representante legal de la empresa J.R. DE MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. solicito la renovacion de inscripcion de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 2137-99-RNC-CONSUCODE de fecha 6.9.99 expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 1732 del 8.9.99; Que, mediante carta recepcionada con fecha 29.3.01 el arquitecto MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, comunica a CONSUCODE que formo parte del Plantel Tecnico de la empresa J.R. DE MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., en el ano 1988, pero que en ese mismo ano dejo de pertenecer a la referida empresa; asimismo, que desde 1988 hasta la fecha no ha trabajado para dicha empresa; Que, ante dicha comunicacion, CONSUCODE dispuso iniciar la fiscalizacion posterior a la empresa J.R. DE MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., solicitandosele al arquitecto MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA informacion complementaria; mediante comunicacion de fecha 5.6.01 el referido profesional manifiesta que el contenido del formulario Declaracion Jurada (constancia de los ingenieros y/o arquitectos) presentados por la empresa J.R. DE MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. en el tramite de renovacion de su inscripcion en el Registro Nacional de Contratistas no se ajusta a la realidad en lo referido a la fecha de ingreso del ano 1989 toda vez que no ha trabajado para la referida empresa, ni ha desempenado el cargo de Gerente Tecnico, y que la firma que aparece en la misma no es suya; que el formulario Datos del trabajador que senala como fecha

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