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Pág. 213073 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de noviembre de 2001 por el Directorio de CONASEV en sesión de fecha 5 de noviembre de 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Operaciones en el Mecanismo Centralizado de Negociación de Instrumen- tos de Emisión No Masiva MIENM, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Derogar el Artículo 2º de la Resolución Gerencia General Nº 045-2001-EF/94.11 y la Resolución Gerencia General Nº 091-2001-EF/94.11. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Artículo 4º. - Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima, a Cavali ICLV S.A. y a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Gerente General 35067 INDECOPI Designan miembro de la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Pontificia Universidad Católi- ca del Perú RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 092-2001-INDECOPI/DIR Lima, 21 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 788 y Ley Nº 27146 y en el marco de la descentralización de sus funciones, el Indecopi ha suscrito Convenios de Delegación de Funciones con distintas entidades de prestigio públicas y priva- das, estableciendo Comisiones Delegadas de Reestructuración Patrimonial encargadas de tramitar y resolver los procedimien- tos a que se refiere la Ley de Reestructuración Patrimonial; Que en dicho contexto, resulta necesario completar el número de miembros que conforman la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Pontificia Universidad Católica del Perú; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio en sesión de fecha 16 de noviembre de 2001; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Fernando Zavala Lombardi en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 35058 I N P E Sancionan con destitución a servidor de la Dirección Regional Norte - Chiclayo del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 1176-2001-INPE/P Lima, 20 de noviembre de 2001 VISTO, el Informe Nº 061-2001-INPE-CPPAD de fecha 15 de noviembre del 2001, de la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Pe- nitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia del INPE Nº 1090- 2001-INPE-P de fecha 9 de octubre del 2001, publicado en el DiarioOficial El Peruano el día 13 de octubre del 2001, se instaura proceso administrativo disciplinario al servidor de la Dirección Regional Norte - Chiclayo del INPE, ISAAC NOE CASTRO, al haber incurrido en la causal de abandono laboral; Que, efectuada la notificación conforme a ley de la indicada Resolución de apertura de proceso administrativo disciplinario y pese haber transcurrido en exceso el plazo señalado en el Artículo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el servidor ISAAC NOE CASTRO no ha cumplido con presentar su descargo escrito ni oral ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, susbsistiendo por consiguiente el cargo formulado a través de la Resolución de Presidencia del INPE Nº 1090-2001- INPE-P, al haber incurrido en ausencias injustificadas consecuti- vas a su centro de labores a partir del 3 de marzo del 2001, quien hasta la fecha no se ha reincorporado a sus funciones por razones desconocidas por la autoridad competente de la Institución; Que, ha quedado establecido que el servidor ISAAC NOE CASTRO, ha transgredido lo establecido en los Artículos 10º y 39º inciso b) del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los trabajadores del INPE, aprobado por Resolución Nº 503-98-INPE-CR/P de fecha 16 de noviembre de 1998, incumpliendo además lo previsto en el inciso c) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, incu- rriendo en falta administrativa de carácter disciplinaria prevista en el inciso k) del Artículo 28º del acotado dispositivo legal; Estando a lo recomendado en el informe por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministe- rial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la sanción administrativa discipli- naria de DESTITUCION al servidor de la Dirección Regional Norte - Chiclayo, ISAAC NOE CASTRO agente penitenciario de nivel remunerativo STE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a tra- vés de la Oficina de Recursos Humanos del INPE o a través del Diario Oficial El Peruano para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BUSTAMANTE RODRIGUEZ Presidente 35120 Inician procedimiento disciplinario a ser- vidor del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 1179-2001-INPE/P Lima, 20 de noviembre de 2001 VISTO, el Informe Nº 056-2001-INPE-CPPAD de fecha 22 de octubre del 2001, de la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 01401-2001-INPE/11.02 de fecha 26 de julio del 2001, la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario, comunica la situación laboral del servidor JOSE BERNARDO GONZALES PAZ, quien habría incurrido en abandono laboral a su centro de labores, conforme se especifica en el Informe Técnico Nº 053-2001-INPE/11-02/URD de fecha 19 de julio del 2001, elaborado por el Jefe de la Unidad de Remuneracio- nes y Desplazamiento de la Oficina de Recursos Humanos; Que, de la revisión y análisis de los documentos que obran en el expediente administrativo se desprende que, a través de los Informes Nºs. 015-2001-INPE-ORH-AC/SC y 020-2001-INPE- ORH-AC/SC de fechas 11 de abril del 2001 y 2 de mayo del 2001 respectivamente, el Jefe del Area de Control de Personal de la Sede Central informó a la Dirección de la Oficina de Recursos Humanos sobre la situación laboral del servidor JOSE BER- NARDO GONZALES PAZ, quien viene faltando injustifi- cadamente a su centro laboral desde el día 5 de abril del 2001, hasta la actualidad, no habiendo justificado los motivos de su ausencia ante la autoridad competente del INPE, por lo que en su condición del servidor público ha incumplido a sus obligaciones de concurrir puntualmente a su centro de labores, incurriendo en la causal de abandono laboral previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneracio- nes del Sector Público; Que, existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que el servidor del INPE, JOSE BERNARDO GON-