Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2001 (11/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 11 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1189- 2001DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Asociacion Latinoamericana de Solucion de Conflictos, Conciliacion y Negociacion Extrajudicial - Peru- ALASCCONE PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion Latinoamericana de Solucion de Conflictos, Conciliacion y Negociacion Extrajudicial Peru - ALASCCONE - PERU, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado JUSTICIA - MORALIDAD Y MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 32259 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 283-2001-JUS MORDAZA, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 070802001, de fecha 27 de marzo de 2001, de la asociacion civil denominada SERAFICO MORDAZA DE ASIS; CONSIDERANDO: Que la asociacion SERAFICO MORDAZA DE MORDAZA, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion Extrajudicial denominado "SAN MORDAZA DE ASIS", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del Acta de Inspeccion Ocular de fecha 28 de agosto de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1060-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion SERAFICO MORDAZA DE ASIS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS;

Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion SERAFICO MORDAZA DE MORDAZA, a funcionar como Centro de Conciliacion Extrajudicial, denominado "SAN MORDAZA DE ASIS", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion Extrajudicial y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 32260 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 284-2001-JUS MORDAZA, 3 de octubre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 11532, de fecha 25 de MORDAZA de 2001, de la asociacion CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL ECONOMICO Y SOCIAL CECONES; CONSIDERANDO: Que la asociacion CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL ECONOMICO Y SOCIAL CECONES, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion Extrajudicial Economico y Social "CECONES", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 21 de agosto de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1200-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL ECONOMICO Y SOCIAL CECONES; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL ECONOMICO Y SOCIAL CECONES, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion Extrajudicial Economico y Social "CECONES", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 32261

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