Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2002 (27/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 27 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Autorizan contratar servicio de difusion mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-A-2002-ED
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Informe Tecnico Nº 013-2002-OPYC, la Jefa de Prensa y Comunicaciones del Ministerio de Educacion, senala los hechos que sustentan tecnicamente, en base a criterios de economia, costos, oportunidad, tiraje y ventas, la razon por la que se habria elegido los espacios publicitarios en la television, radio y diarios, para la difusion de la MORDAZA de distribucion gratuita de textos escolares; Que, se ha seleccionada la Compania Latinoamericana de Radiodifusion (Canal 2) porque concentra a la mayor audiencia nacional de los sectores socioeconomicos C y D; el Instituto de Radio y Television del Peru (IRTP), por su amplia cobertura nacional, cubriendo los sectores socioeconomicos C y D, con uno de los mas altos ratings en los segmentos socioeconomicos seleccionados. Tambien es el caso de MORDAZA de Radiodifusion, que alcanza los niveles de rating aceptables, llegando a los publicos considerados "usuarios y primarios"; Que, con relacion a las radioemisoras, tenemos Radio Panamericana (Nacional) y Radio A (F.M.), porque llega a los hogares de todo el pais; Radiomar (Nacional), de amplia audiencia entre los sectores socioeconomicos a los que esta dirigido el mensaje; Radioprogramas del Peru (Nacional), la mas importante cadena noticiosa y de amplia cobertura nacional, alcanzando MORDAZA audiencias, concitando la atencion de los hogares peruanos de toda condicion social, fundamentalmente la de menores recursos economicos; Radio Ritmo (Nacional) y Radio MORDAZA (Nacional), tambien por los atributos MORDAZA mencionados, y esta utima ademas por tener alta sintonia en varias capitales de departamento del pais; Que, con respecto a los diarios, en los que se difundira el aviso publicitario elaborado expresamente para la MORDAZA del texto gratuito correspondiente al ano 2002, se han seleccionado los diarios: "Ojo", por llegar a la familia de menores recursos economicos, logrando mantener una linea informativa dedicada a la escuela, a los educandos y a los padres de familia, MORDAZA a campanas sostenidas sobre informacion educativa, encartes de suplementos y libros coleccionables dedicados a formar bibliotecas familiares; "Correo", por tener un alto volumen de ventas, convirtiendolo en el vehiculo adecuado para llegar a los sectores socioeconomicos C y D, asimismo, por su manejo en informacion politica y economica, logrando convertirse en un medio lider de opinion en sectores mas altos, cuya lectoria se ubica entre los 200 mil ejemplares, con una rotacion de 5 personas por ejemplar; "El Trome", por cubrir informacion a nivel nacional, alcanzando una venta de 145 mil ejemplares, y el diario "Libero", cuyo precio permite llegar a los hogares de menores recursos economicos; Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley; Que, al respecto, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, adiciona al primer parrafo del Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, referido a los servicios personalisimos, la precision respecto a que se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificacion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distingue; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 464-2002-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabili-

dad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones MORDAZA referidas no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el servicio de publicacion; Que, con Hoja de Coordinacion Interna Nº 414A-2002ME/SG-OA-UP, Informe Nº 004-2002-ME/SPE-UP, Memorandum Nº 055-2002-ME-MECEP/DN, y la Ficha Presupuestal de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del 27 de marzo de 2002, la Unidad de Presupuesto y la Direccion Nacional del Programa Especial MECEP, opinan favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/ PRE, aprobada por la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerase, al Ministerio de Educacion, del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, y autorizase a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio de difusion de spot de TV, cuna radial y arte grafico sobre distribucion gratuita de textos escolares, en los siguientes medios de comunicacion: Compania Latinoamericana de Radiodifusion (Canal 2), el Instituto de Radio y Televison del Peru (IRTP), MORDAZA de Radiodifusion, Radio Panamericana (Nacional), Radio A (F.M.), Radiomar (Nacional), Radioprogramas del Peru (Nacional), Radio Ritmo (Nacional), Radio MORDAZA (Nacional), diarios: "Ojo", "Correo", "El Trome" y "Libero", por un valor referencial de S/. 500 139,00 . Articulo 2º.- Las contrataciones que se efectuen en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue las contrataciones del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, sera con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento: 00; Funcion 03; Programa 006; Subprograma 0005; Actividad 100110; Componente 30010; de la Unidad Ejecutora 024, del Pliego 010 - Ministerio de Educacion, correspondiente a los correlativos de metas 0061 y 0001, y de la Unidad Ejecutora 027 Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Primaria (Cadena Funcional: 09.027.0071.100192.30071.00001.01226). Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidas a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 7613

ENERGIA Y MINAS
Modifican Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos
DECRETO SUPREMO Nº 015-2002-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

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