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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2002 (08/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 215288 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de enero de 2002 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano la ejecución de las acciones nece- sarias para evitar que se realice alguna construcción en las áreas que involucra el referido Proyecto; aplicándose las sanciones y ordenándose la demolición de las obras irregulares de acuerdo a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil uno. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 0313 Declaran en emergencia zona de alto riesgo ubicada en el Centro Histórico de Lima DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001 Lima, 4 de enero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades represen- tan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circuns- cripciones de su jurisdicción; Que, el Artículo 65º inciso 16) de la citada norma legal establece que es función de las municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colecti- va: supervisar y controlar la construcción, el mantenimiento y el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene de es- tablecimientos públicos y de carácter comercial; Que, de igual modo el Artículo 68º inciso 7) de la norma acotada señala que es función de la municipalidad en ma- teria de abastecimiento y comercialización de productos: otorgar licencias de apertura de establecimientos comer- ciales e industriales y de actividades profesionales y con- trolar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, la Ordenanza Nº 062-MML y la Ordenanza Nº 201- MML, establecen políticas de conservación del Centro His- tórico de Lima; Que, debido a los lamentables sucesos acontecidos el día 29 de diciembre pasado, por la comercialización inde- bida e inescrupulosa de productos pirotécnicos en el Cen- tro Histórico de Lima, es necesario adoptar medidas y es- tablecer lineamientos específicos que conlleven a la solu- ción de los problemas surgidos por los hechos señalados, así como a la prevención de futuros incidentes; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 19338 que crea el Sistema de Defensa Civil y su Regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-88- SGMD, en la provincia de Lima el Comité de Defensa Civil está presidido por el Alcalde Metropolitano; Estando a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 26509 y su Directiva Nº 002- 99-IN/1509-DICSCAMEC, y demás normas pertinentes; DECRETA: Artículo Primero.- Declárese en EMERGENCIA la zona de alto riesgo delimitada por los siguientes jirones: Jr. Ayacucho cuadras 5, 6, 7. Jr. Ucayali cuadras 6, 7.Jr. Paruro cuadras 8, 9, 10. Jr. Puno cuadras 6 y 7. La condición de Emergencia se mantendrá hasta que el Comité Provincial de Defensa Civil, determine el levan- tamiento de la misma, en la medida de que no subsistan las condiciones que han dado lugar a la declaración de la misma. Artículo Segundo.- Disponer el apoyo de la Dirección Municipal Administrativa, Dirección Municipal de Fiscalización y Control, Dirección Municipal de Comercialización y Defen- sa al Consumidor, Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal, a fin de eje- cutar las acciones que determinen las comisiones de opera- ciones técnicas, de ley y orden, de salud, de comunicaciones y de logística que conforman el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) del Comité Provincial de Defensa Civil, incluyendo aquellas referidas a la evaluación integral de los locales comerciales e inmuebles en general ubicados en la zona delimitada por el Artículo Primero. Artículo Tercero.- SUSPÉNDASE los trámites de licen- cia de apertura de Establecimiento de los locales comer- ciales y/o de servicios ubicados en la zona de alto riesgo declarada en emergencia por el Artículo Primero de la pre- sente norma, hasta que la Corporación Municipal lo dis- ponga, en virtud de la evaluación integral a la que se hace referencia en el artículo anterior. Artículo Cuarto.- QUEDA PROHIBIDO EL FUNCIO- NAMIENTO de los establecimientos comerciales ubicados en la zona delimitada por el Artículo Primero, hasta que la autoridad municipal lo determine de acuerdo a las reco- mendaciones del Comité Provincial de Defensa Civil. Lue- go de lo cual podrán funcionar sólo aquellos que reúnan las condiciones mínimas según lo determine el referido Comité. El incumplimiento de lo señalado será sancionado conforme lo establece la Ordenanza Nº 337-MML Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones y Escala de Multas aplicable en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Quinto.- Solicitar al Ministerio del Interior - Policía Nacional del Perú, DICSCAMEC, Ministerio Públi- co, y demás autoridades pertinentes, el apoyo necesario para desarrollar las acciones que permitan el cumplimien- to de la presente norma. Artículo Sexto.- Solicitar el apoyo de los poderes del Estado a fin de poder ejecutar y dar cumplimiento a las recomendaciones que formule el Comité Provincial de De- fensa Civil. Artículo Sétimo.- Toda norma municipal cuyos efectos sean complementarios a las disposiciones del presente Decreto continúan vigentes. Artículo Octavo.- El presente Decreto entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 0311 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban remuneración mensual de alcalde y dieta de regidores por asisten- cia efectiva a sesiones de Concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2002-MDC Cieneguilla, 3 de enero del 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Visto en Sesión Ordinaria Nº 01 del Concejo Municipal de fecha 3 de enero del 2002, bajo la Presidencia del señor