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Pág. 215271 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de enero de 2002 Que, mediante Informes Nºs. 871-2001-MTC/15.19.03.2 y 959-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, respectivamen- te, señalan que la solicitud formulada por don FLOREN- CIO PEDRO MONTALVO RIVERA cumple con los requisi- tos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otor- gar a la referida persona la autorización y permiso solicita- dos; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06- 94-TCC con sus modificatorias, el TUPA del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don FLORENCIO PEDRO MON- TALVO RIVERA, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para instalar y operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de San Marcos, provincia de Huari, departamento de Ancash, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :104.1 MHz Indicativo :OAR-3J-FM Potencia :250 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta :Jr. Bolognesi s/n, distrito de San Marcos, provincia de Huari, departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 77° 09' 00" L.S. 09° 31' 08" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento res- pectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don FLORENCIO PEDRO MONTALVO RIVERA está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedido de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autori- zación previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y com- plementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TAVARA MARTIN Viceministro de Comunicaciones 0162 Reconocen y renuevan autorización a Emisoras del Pacífico S.A. para operar estación del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1110-2001-MTC/15.03 Lima, 21 de diciembre de 2001VISTAS, las solicitudes sobre renovación de autoriza- ción para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el dis- trito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambaye- que, y para el cambio de ubicación y disminución de poten- cia de dicha estación; a favor de la empresa EMISORAS DEL PACIFICO S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 088-85-COMS/ DGCS del 10 de julio de 1985, se otorgó por el plazo de diez (10) años, autorización para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chiclayo, de- partamento de Lambayeque, a la empresa EMISORAS NACIONALES S.A.; Que, por Resolución Viceministerial Nº 311-2000- MTC/15.03 del 18 de agosto de 2000, se aprobó la trans- ferencia de la autorización acotada a favor de la empre- sa EMISORAS DEL PACIFICO S.A., cuya constitución por escisión fue inscrita en la Partida Nº 11231358 del Registro de Sociedades Anónimas de la Oficina Regis- tral de Lima y Callao; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformi- dad con el Informe Nº 075-2001-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspección técnica a las ins- talaciones de la referida estación de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), se constató que viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue la renovación de la autorización solicitada, incluyéndose el cambio de ubicación, la disminución de potencia y cambio de tipo de emisión de la mencionada estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 910- 2001-MTC/15.19.01, señala que es procedente otorgar la renovación de la autorización solicitada, reconociéndose como titular de la misma a la empresa EMISORAS DEL PACIFICO S.A., para operar la citada estación de radiodi- fusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), por el plazo de diez (10) años, así como también es proceden- te autorizar el cambio de características técnicas indica- das precedentemente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por De- creto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el De- creto Supremo Nº 024-98-MTC y el Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer y renovar la autorización a la empresa EMISORAS DEL PACIFICO S.A., para la opera- ción de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :94.1 MHz Indicativo :OCZ-1A Potencia :1 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta :Calle San José Nº 531, Ofi- cina 302, distrito y provin- cia de Chiclayo, de- partamento de Lambaye- que. Coordenadas: L.O. 79° 49' 00" L.S. 06° 46' 15" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo