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Pág. 216594 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de enero de 2002 Encargan la Cartera de Economía y Fi- nanzas al Ministro de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2002-PCM Lima, 29 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el doctor PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD, Ministro de Economía y Finanzas, se ausentará del país en Misión Oficial; Que, es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas al ingeniero LUIS CHANG RE- YES, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a partir del 31 de enero de 2002, en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 2157 Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a España para participar en la Feria "FITUR 2002" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2002-PCM Lima, 24 de enero de 2002 Visto, la Carta 62.2002/PP.SE de la Secretaria Ejecuti- va de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú; y, CONSIDERANDO: Que, del 30 de enero al 3 de febrero de 2002, en la ciudad de Madrid, España, se llevará a cabo la Feria Internacional de Turismo - "FITUR 2002", evento en el cual la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, tiene previsto participar, toda vez que España constituye un importante país emisor de tu- ristas hacia el Perú y dada la competencia con otros países, se presentarán nuevas alternativas de viajes turísticos al país, proveyéndolos con información actual y precisa, con el fin de incrementar el flujo turístico español; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de dos funcio- narios especializados de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, quienes tendrán a su cargo los aspectos inherentes a la organización del stand, así como las coor- dinaciones con autoridades internacionales de turismo, au- toridades diplomáticas peruanas, contacto con prensa es- pecializada, operadores turísticos y público en general; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Lyda Gar- cía Cortes, Coordinadora del Area de Ferias y de la señora Mariella Ausejo Vidal, Gerente de Marketing e Imagen de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, a la ciu- dad de Madrid, España; del 26 de enero al 4 de febrero de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerati- va de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:Lyda García Cortes - Viáticos :US$2600.00 - Pasaje Aéreo :US$1203.62 - Tarifa Corpac :US$25.00 Mariella Ausejo Vidal - Viáticos :US$2600.00 - Pasaje Aéreo :US$1203.62 - Tarifa Corpac :US$25.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las funcionarias designadas deberán presentar a la Institución un Informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el viaje auto- rizado, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondiente a los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción, no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 2020 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de delito de peculado en agravio de PROMPERU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 029-2002-PCM Lima, 24 de enero de 2002 Visto, la Carta Nº C.31.2002/PP.SE de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROM- PERU; CONSIDERANDO: Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promo- ción del Perú solicita el trámite de expedición de la Resolu- ción Ministerial autoritativa para iniciar las acciones lega- les pertinentes derivadas del Informe Especial Nº 01-2002- 02-3958, denominado "Informe Especial sobre faltante de efectivo de las Rendiciones de Cuenta por Concepto de Adelantos y Viáticos" por la presunta comisión del delito de peculado, en agravio de PROMPERU; Que, conforme con los fundamentos de Hecho del In- forme Nº 01-2002-02-3958 (pág. 02) se ha establecido que durante el período enero - diciembre 2001, existen rendi- ciones de cuenta presentadas a la Especialista en Finan- zas: Sra. Luisa Leonor Gómez Basauri, por concepto de viáticos y adelantos, que no han sido tramitadas en su to- talidad al Programa de las Naciones Unidas para el Desa- rrollo - PNUD, que en virtud al Proyecto PER 00/013 admi- nistra fondos del PROMPERU, la no tramitación de las ren- diciones de cuenta por parte de la referida especialista, a su vez, ha generado la retención de los saldos devueltos por menores gastos en viáticos y/o adelantos, parte de los cuales habría dispuesto indebidamente, sin tener sustento documentario, sin haber brindado las explicaciones que al caso amerita y en otros casos ha efectuado entregas con vales provisionales sin contar con las autorizaciones respectivas, determinándose un faltante ascendente a la suma de S/. 8,487.82 y US$ 4,072.17, conforme a los ar- queos efectuados con fechas 21.12.2001, 28.12.2001 y entrega de cargo del 7.1.2002; Que, de conformidad con la Recomendación del Infor- me Legal Especial Nº 01-2002-02-3985 contenida en la página 12 del citado informe se dispone que el repre- sentante legal de la Presidencia del Consejo de Ministros inicie las acciones legales pertinentes contra los servido- res y funcionarios públicos, presuntos responsables de los hechos expuestos en el referido Informe Legal; Que, el Informe Nº 01-2002-02-3985 constituye prueba preconstituida de conformidad con lo establecido por el inci- so f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sis- tema Nacional de Control, y, asimismo tiene el carácter de Informe Especial Legal de acuerdo con lo dispuesto por la