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Pág. 216597 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de enero de 2002 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el año 2002, destinada al Ministerio de Sa- lud para combatir brotes epidémicos de Dengue DECRETO SUPREMO Nº 022-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que en los últimos años se viene presentando brotes epidémicos de Dengue en zonas de alta endemicidad, como es el caso de los departamentos de Loreto, San Martín, Ucayali, Piura y Tumbes; Que hasta el 26 de enero de 2002, se ha reportado a nivel nacional un incremento de casos de dengue en los departa- mentos de la amazonía, con un total de 663 casos probables de dengue clásico y 40 sospechosos de presentar formas hemorrágicas: el 89% de éstos proceden de Ucayali, Loreto y Madre de Dios; el 7% de la Región de la Selva Central, Huá- nuco y Junín (51 casos) y el 4% restante de la Región Macro Norte; zona esta última que presentó un brote de dengue en el año 2001, con más de 20,000 casos; Que frente a los elevados índices de infestación aédi- ca, a la reciente introducción de un nuevo serotipo del vi- rus dengue en la amazonía, a la presencia de brotes epidémicos de esta enfermedad y estando a que gran par- te de la población está en riesgo de presentar cuadros de dengue y dengue hemorrágico; se hace necesario fortale- cer la capacidad de respuesta de los servicios de salud; Que para el diagnóstico descentralizado de los casos y la atención de los pacientes graves y el control del vector, se requieren de insumos, equipos y medicamentos para el monitoreo del tratamiento de los pacientes hospitalizadosque presentan el cuadro clínico de dengue y dengue he- morrágico; Que se corre el riesgo de dispersión del vector y ex- tensión de la epidemia de dengue clásico a otros depar- tamentos incluyendo la capital, así como epidemias de dengue hemorrágico con antecedente previo de la en- fermedad; Que en este contexto es necesario adoptar urgentemente las acciones necesarias de carácter económico y financiero que permitan combatir los brotes epidémicos de Dengue, para tal fin es necesario efectuar las adquisiciones sin el requisito previo de Licitación Pública o Concurso Público; Que el Gobierno, asumiendo el cometido a que se con- trae el Título Preliminar de la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, la protección de la salud es de interés público, por tanto es responsabilidad del Estado vigilarla; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 15º de la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do"; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Parti- das Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS TREIN- TICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 735 000,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO :009 Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA :001 Administración Central FUNCION :03 Administración y Planeamiento PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0019 Planeamiento Presupuestario y Financiero ACTIVIDAD :00010 Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 Recursos Ordinarios REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión mayor de tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 4.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL