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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2002 (31/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 216611 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de enero de 2002 Construcción de los Consejos Transitorios de Adminis- tración Regional, CTAR-Ancash, CTAR-Arequipa, CTAR- Ayacucho, CTAR-Cajamarca, CTAR-Huánuco, CTAR Lo- reto, CTAR-Pasco, CTAR-Puno, CTAR-Tumbes y CTAR- Ucayali; Que, resulta necesario designar a las personas que desempeñarán dichos cargos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 001-2002-PCM, el Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar en el cargo de confianza de Director Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción, a las siguientes personas: - Ing. Julián Elías Torre Maldonado CTAR-Ancash - Cml. (r) Marcos Hinojosa Requena CTAR-Arequipa - Ing. Jaime E. Salas Zegarra CTAR-Ayacucho - Ing. Jesús Glicerio Martínez García CTAR-Cajamarca - Ing. Ceferino Linder Teodoro Leandro CTAR-Huánuco - Ing. Pablo Paredes Ventura CTAR-Loreto - Dr. Rubén Jaime Torres Cortez CTAR-Pasco - Ing. Nestor Montes de Oca Valencia CTAR-Puno - Ing. José Ricardo Castro Barreto CTAR-Tumbes - Ing. Mauro Arístides Ollague Cáceres CTAR-Ucayal i Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS VICENTE CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2163 PODER JUDICIAL Exoneran de proceso de selección la adquisición de licencias de progra- mas informáticos para sedes del Po- der Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 029-2002-P-PJ Lima, 25 de enero de 2002 VISTO: Los Oficios Nºs. 852-2001-GG/PJ y 1214-2001-GG/ PJ, de la Gerencia General (e) del Poder Judicial, el Informe Nº 025-2001-GAF-GG/PJ, de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, y el Oficio Nº 618-2001-AJ-GG/PJ, de la Asesoría Jurídica de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, de los documentos del Visto, se colige que la Ge- rencia General del Poder Judicial, solicita autorización para la adquisición y contratación de licencias del software de correo electrónico y trabajo colaborativo (groupware) GroupWise 6.0 de Novell a través de la modalidad de Adju- dicación de Menor Cuantía; Que, el Poder Judicial requiere determinados Bienes y Servicios para el cumplimiento de sus metas destinadas a mejorar la Administración de Justicia; Que, el Poder Judicial tiene instalado, para los fines de transmisión de datos, el sistema operativo de redes Net- ware de Novell, administrados a través de los Servicios de Directorio de Novell (NDS); Que, el GroupWise 6.0 de Novell es la única herra- mienta de correo electrónico y trabajo colaborativo que se integra de forma nativa con el sistema operativo de servicios de red Netware y permite la administración única e integrada, a través de los Servicios de Directo- rio de Novell (NDS); Que, las características técnicas del GroupWise 6.0, permitirán el uso de herramientas de mensajería y trabajocolaborativo que facilita comunicarse a través de la red pri- vada del Poder Judicial e Internet, permitiendo la integra- ción del manejo de la información como correo electrónico, fax, manejo de documentos, agendas grupales, persona- les y flujo de documentos; Que, cambiar o modificar estos estándares requeriría la previa adquisición de nuevas licencias, así como el cam- bio y migración de los sistemas instalados, todo lo cual generaría un costo mayor y podría determinar perjuicios operativos, teniendo en cuenta todos los sistemas ya ins- talados en el ámbito nacional, del cual las licencias mate- ria de esta resolución forma sólo una pequeña parte, ade- más de la capacitación brindada a los usuarios de este Poder del Estado; Que, por lo anteriormente expuesto, estas condiciones sólo pueden ser cumplidas por Novell Perú, único y exclu- sivo representante en el Perú del fabricante Novell Inc., configurándose la situación descrita en el literal f) del Artí- culo 19º de la Ley Nº 26850 TUO, que establece que se encuentran exonerados de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación directa las adquisiciones y contra- taciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustituto; Que, es de destacar que la disposición aludida señala que, se pueden exonerar de los procesos de selección cuando para las adquisiciones y contrataciones no se jus- tifique la convocatoria de una licitación pública, concurso público o adjudicación directa, cuando dichos procesos no cumplen función alguna, debido a que el servicio o bien a adquirir o contratarse no admite sustitutos, y evitando de esa manera la obligación de convocar en forma indefinida a un mismo proceso de selección, a efecto de impedir el retraso en las adquisiciones y contrataciones de la enti- dad; Que, por lo anteriormente expuesto y en atención al Informe Nº 003-2002-SGRC-GI-GG, la adquisición pro- puesta, por su complejidad y características de la ne- cesidad no puede ser abastecida por otro bien seme- jante; Que, finalmente, lo que es materia de esta resolución fue aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa Nº 189-2001-CE-PJ de fe- cha 27 de diciembre del 2001, y entre sus firmantes apare- ce el señor Presidente del Poder Judicial pero, dado que Consucode por Oficio Nº 114-2002 (GTN-MON) ha mani- festado que la resolución debe ser suscrita por el Titular del Pliego es que se expide la presente; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y en su Reglamento; y en el Oficio Nº 114-2002 (GTN/ MON) del CONSUCODE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selección de adjudicación directa la adquisición de 2000 licencias de GroupWise 6.0 de Novell, para uso de las diferentes sedes del Poder Judicial a nivel nacional, cuyo valor referencial asciende a $ 99,828.00, incluido IGV, el cual se realizará mediante proceso de adjudicación de menor cuantía, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, se encargue de realizar la contratación exonerada por la presente re- solución, conforme lo dispone el Artículo 105º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento a la Contraloría General de la República, la presente resolución y los infor- mes que lo sustentan, dentro del plazo que dispone el Artí- culo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ Presidente 2110