Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2002 (31/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 31 de enero de 2002

NORMAS LEGALES
Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 4 4 4 4 de de de de

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MORDAZA junio setiembre diciembre

Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y del Concejo que publique la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase.

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 2148 2161 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Establecen fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 040-MDR
MORDAZA, 24 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se trato como punto de la agenda el Informe Nº 019-DAT-MDR-2002, emitido por la Direccion de Administracion Tributaria sobre el Proyecto de Ordenanza fijando las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2002; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial, cuyo pago podra efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil del mes de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2002; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 36º, 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL De conformidad con el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2002 vence: Pago al contado Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 4 4 4 4 de de de de MORDAZA junio setiembre diciembre : 4 de MORDAZA

Otorgan diversos incentivos para pago de arbitrios del ano 2002
ORDENANZA Nº 044-MDR
MORDAZA, 24 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; se trato como punto de agenda el Dictamen Nº 007-2001MDR-CAR emitido por la Comision de Administracion y Rentas sobre Proyecto de Ordenanza presentado por la Regidora MORDAZA MORDAZA referente a otorgar incentivos de exoneracion de pago por puntualidad a los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de sus tributos municipales; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son los organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 192º inciso 3) y el Articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, es necesario reconocer y premiar la puntualidad en sus obligaciones tributarias a los contribuyentes que en la actualidad no tienen deudas pendientes de cancelacion con la Municipalidad, por lo que se les otorgaran descuentos especiales para el ejercicio 2002; Que, los Articulos 27º y 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, faculta excepcionalmente a los gobiernos locales a condonar con caracter general los intereses moratorios y las sanciones, respecto a los tributos que administran; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar el incentivo de exoneracion de pago del 1er. trimestre por concepto de arbitrios municipales del ano 2002 a todos aquellos contribuyentes cuyos inmuebles esten dedicados a uso de casa-habitacion que no registren deudas pendientes de pago por concepto de impuesto predial y arbitrios municipales al 31/12/01. Articulo Segundo.- Otorgar el incentivo de descuento del 20% por concepto de arbitrios del ano 2002, a todos aquellos contribuyentes cuyos predios tengan uso Declarado de casa-habitacion que cancelen hasta el 4/4/02 el monto total anual de arbitrios e impuesto predial del presente ano.

Articulo Segundo.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de arbitrios correspondientes al ejercicio 2002 vence:

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